Aviso REF:223955
Estados Unidos Mexicanos Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial
Fiscalía de Delitos contra los Derechos de Autor
Dirección de Delitos contra los Derechos de Autor
Mesa V
EDICTO
NOTIFICACION DE ASEGURAMIENTO DE BIENES
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las dieciocho horas del día 6 del mes de septiembre del año dos mil cinco.
El suscrito licenciado Mario Meza Reyes, Agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Mesa V de la Dirección de Delitos Contra los Derechos “A” de la Unidad Especializa en Investigación contra los de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, quien con fundamento en el artículo 16del Código Federal de Procedimientos Penales, actuando con testigos de asistencia que al final firmany dan fe; en cumplimiento al acuerdo citado en la Averiguación Previa número 141/UEIDDAPI/2005, del cateo efectuado el 16 de junio de 2005, se notifica a los interesados que se encuentran en los domicilios que se describe a continuación de los Bienes Asegurados afectos en la presente indagatoria:
De la Calle de Matamoros número 908 interiores 5 y 6 y el número 102 interiores 1, 9, y 10 de la colonia Morelos Barrio de Tepito, Delegación Cuauhtémoc, en esta ciudad capital, los siguientes bienes:
30,455 treinta mil cuatrocientos cincuenta y cinco discos compactos de fonogramas al parecer apócrifos.
20,200 veinte mil doscientos discos compactos de fonogramas al parecer apócrifos en torres,
350,000 trescientos cincuenta mil de portadilla,
5,500 cinco mil quinientos estuches,
18,380 dieciocho mil trescientos ochenta de charolilla,
36 treinta y seis tablas de serigrafía para el disco compacto,
157 ciento cincuenta y siete quemadores de disco compacto,
1 un monitor,
4 cuatro grabadoras,
2 dos minicomponentes,
4 cuatro teclados,
2 dos bocinas.
Objeto antes descrito, que con fecha dieciséis de junio del año en dos mil cinco, se decretó su aseguramiento por esta Representación Social de la Federación por ser objetos, instrumento y producto de delito previsto en el artículo 424 TER del Código Penal Federal, apercibiendo a los interesados que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales a partir de que sean notificados, causarán abandono a favor del Gobierno Federal, esto en...
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