Aviso REF:234946

KIMBERLY-CLARK DE MEXICO, S.A.B. DE C.V.

PROMOTORA DE EFICIENCIA, S.C.

AVISO DE FUSION

En la asamblea general extraordinaria de accionistas de Kimberly-Clark de México, S.A.B. de C.V., celebrada el 1 de marzo de 2006 y en la asamblea general de socios de Promotora de Eficiencia, S.C., celebrada el día 4 de mayo de 2006, las sociedades mencionadas resolvieron fusionarse, la primera como sociedad fusionante y la última como sociedad fusionada, aprobando y ratificando los términos definitivos del correspondiente convenio de fusión, por lo que como consecuencia de la fusión, Promotora de Eficiencia, S.C. dejará de existir y se fusionará con y en Kimberly-Clark de México, S.A.B. de C.V., misma que subsistirá.

En dichas asambleas, las sociedades antes mencionadas, aprobaron que la fusión se llevase a cabo bajo los siguientes términos y condiciones:

1. La fusión de Promotora de Eficiencia, S.C., con el carácter de fusionada, con y en Kimberly-Clarkde México, S.A.B. de C.V., con el carácter de fusionante, se llevará a cabo en los términos del convenio de fusión a que se refiere el numeral 3 del presente aviso, y sujeta a la condición indicada en el inciso siguiente.

2. La fusión se realizará tomando en consideración los estados financieros de Kimberly-Clark de México, S.A.B. de C.V. y el último balance general de Promotora de Eficiencia, S.C., ambos al 31 de diciembrede 2005, aprobados por las asambleas antes mencionadas, con las modificaciones que éstos sufran hasta el último día del mes en que surta efectos la fusión, entre las partes, sus socios y accionistas, conforme a las siguientes bases:

a) La fusión quedó sujeta a la condición suspensiva consistente en: (i) La obtención de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que se refiere el segundo párrafo del artículo 14 B del Código Fiscal de la Federación, y (ii) La aprobación de los términos definitivos de la fusión, por parte de Promotora de Eficiencia, S.C. y Kimberly-Clark de México, S.A.B. de C.V.;

b) Como consecuencia de la fusión acordada y al surtir efectos la misma, Promotora de Eficiencia, S.C., dejará de existir como sociedad fusionada y Kimberly-Clark de México, S.A.B. de C.V., subsistirá como sociedad fusionante;

c) Por virtud de la fusión y al surtir ésta sus efectos, todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades y todos los activos y derechos de toda índole y en general, todo el patrimonio de la fusionada, sin reserva ni limitación alguna...

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