Aviso REF:235677

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nayarit

Tribunal Superior de Justicia

Sala Civil

Secretaría de Acuerdos

EDICTO

CC. Mercedes Martínez de la Cadena y Manuel García de la Cadena.

Presente.

En virtud de desconocerse su domicilio exacto, por este conducto se les notifica formalmente que con fecha diecisiete de octubre de dos mil cinco, se ordenó emplazarlos a juicio de garantías dentro del Toca Civil número 680/2005, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada denominada Banco Internacional, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Bital, dentro del expediente 72/1997, instruido en el Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil el Partido Judicial de Tepic, Nayarit, por medio de edictos; por lo que a continuación se transcribe el auto a notificar.

La Secretario de Acuerdos de la Sala Civil da cuenta al Magistrado Semanero en Turno de un Oficio y Anexos presentados a las 13:07 horas del día 11 de octubre de 2005, firmado por Patricia Campos González. Artículo 21 fracción I del Código de Procedimiento Civiles vigente en el Estado.

Conste.

Tepic, Nayarit, a 17 diecisiete de octubre de 2005, dos mil cinco.

Vistos el escrito y anexos referidos en la razón de cuenta que antecede y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 158, 163, 166, 167, 169 y relativos de la Ley de Amparo, téngasele a la promovente Patricia Campos González en su carácter de representante legal de Banco Internacional, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Bital presentando demanda de amparo directo contra actos de esta Sala, reclamando la resolución dictada con fecha trece de septiembre de dos mil cinco.

Hágase constar al pie del escrito de la referida demanda de garantías, la fecha en que fue notificada a la parte quejosa la resolución reclamada, así como la fecha de su presentación, anotándose en ella los días inhábiles que mediaron entre ambas fechas para los efectos de la substanciación y decisión del juicio constitucional y acorde a las prescripciones de los artículos 177, 179 y demás relativos de la Ley de Amparo, dentro de los tres días que sigan a la notificación que se haga en debida forma a las partes, remítase la demanda con el toca respectivo y demás antecedentes a la Autoridad Federal a quien compete el conocimiento con copia del escrito relativo para correr traslado al ciudadano Agente del Ministerio Público Federal.

Fórmese cuaderno de antecedentes...

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