Aviso REF:258277

EdiciónMatutina

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

En los autos de la diligenciación de la carta rogatoria librada por el Presidente del Tribunal Cantonalde Vaud, Suiza, por la cual solicita la cooperación y asistencia en materia procesal internacional, a efecto de que se lleve a cabo la notificación de la demanda de reivindicación y comprobación de derecho en contrade CLINIQUE LA PRAIRIE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, expediente 211/2007, se dictaron los autos que a la letra dicen:

MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE.

Agréguese la razón signada por la actuaria de la adscripción, por medio de la cual manifiesta su imposibilidad de realizar la diligencia ordenada en auto de veinte de septiembre de dos mil siete, por los motivos que expone; en consecuencia, y considerando que no se pudo llevar a cabo el emplazamiento a la demandada CLINIQUE LA PRAIRIE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de quien legalmente la represente, como lo pidió el Presidente del Tribunal Cantonal de Vaud, Suiza, mediante la carta rogatoria librada por la citada autoridad extranjera, de once de julio de dos mil siete, por la cual solicitala cooperación y asistencia en materia procesal internacional, y con fundamento en lo dispuesto por elartículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a la citada demandada por medio de edictos a costa de la parte actora, los que se publicarán por tres veces en intervalos de siete días, en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, haciéndole saber que la enjuiciada deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; debiéndose publicar las prestaciones reclamadas en la demanda de reivindicación y comprobación de derecho en contra de la citada parte demandada, y el auto de veinte de septiembre de dos mil siete, emitido por éste órgano jurisdiccional, en su parte esencial.

En tales condiciones, póngase a disposición de la parte actora, los oficios y edictos necesarios para la preparación del emplazamiento de la parte demandada, previa toma de razón que por su recibo deje en autos persona autorizada para tal fin.

NOTIFIQUESE, Y POR EDICTOS A CLINIQUE LA PRAIRIE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE.

Lo proveyó y...

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