Aviso REF:261252

EdiciónMatutina

SCOTIA AFORE, S.A. DE C.V.

GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT

En cumplimiento al Acuerdo JG69/04/2007 tomado por la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro en su sexagésima novena sesión ordinaria celebrada el día 6 de diciembre de 2007, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro hizo del conocimiento de SCOTIA AFORE, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, la autorización emitida por dicho Organo de Gobierno a la estructura de comisiones presentada por esta Administradora de Fondos para el Retiro, por considerar que la misma se apega a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y en las demás disposiciones normativas aplicables, así como a los criterios adoptados por dicho Organo de Gobierno en materia de comisiones, mediante la circular CONSAR-04-5 Reglas Generales que establecen el Régimen de Comisiones al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2003.

De conformidad con lo señalado en la regla Décima Octava de la Circular CONSAR 04-5, se publica en el Diario Oficial de la Federación para los efectos legales a que haya lugar, la estructura de comisiones que SCOTIA AFORE, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual:

“ESTRUCTURA DE COMISIONES DE SCOTIA AFORE, S.A. DE C.V.

GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT

Scotia Siefore Básica 1, S.A. de C.V. y Scotia Siefore Básica 2, S.A. de C.V., cobrarán una comisión sobre saldo anual conforme al siguiente cuadro:

Concepto Factor
Comisión sobre saldo 2.33% anual sobre el saldo administrado
Scotia Siefore Ahorro 1, S.A. de C.V., cobrará una comisión por saldo de conformidad con el siguiente cuadro

Concepto Base del Cálculo Factor
Comisión sobre saldo Porcentaje fijo anual 1.25%
Comisiones por cuota fija
Concepto Comisión
Estados de cuenta adicionales 5 UDls
Reposición de documentos 5 UDls
A los trabajadores que se refiere la regla segunda fracción LIV inciso a) de la Circular CONSAR 60-1 Reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el registro, administración de cuentas individuales, traspaso y disposición de recursos de trabajadores no afiliados, se les cobrará la comisión anual sobre saldo de acuerdo...

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