Aviso REF:282231

CR RESORTS HOLDING, S. DE R.L. DE C.V.

AVISO DE FUSION

Para efectos de lo previsto en el capítulo IX de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los acuerdos de fusión de CR Resorts Holding, S. de R.L. de C.V. y CR Resorts Cancún, S. de R.L. de C.V.,que fueron aprobados en asambleas de socios de ambas sociedades respectivamente celebradas el día 1 de enero de 2009, conjuntamente con los balances que sirvieron de base para dicha fusión:

ACUERDOS DE FUSION

  1. - CR Resorts Holding, S. de R.L. de C.V., será la empresa Fusionante o que subsiste y CR Resorts Cancún, S. de R.L. de C.V. será la empresa Fusionada o que se extingue, por lo cual los estatutos sociales de la primera continuarán en vigor (la Fusionante y Fusionada, las "Sociedades en fusión").

  2. - La fusión tendrá efecto entre las partes a partir del día 1 del mes de enero de 2009 y surtirá plenos efectos en el momento de la inscripción, en el Registro Público de Comercio del domicilio de las sociedades en fusión ya que a la fecha de celebración del presente convenio se cuenta con el consentimiento de los acreedores de las sociedades en fusión de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y en los casos de los que no se pudo obtener, a la fecha se han reservado sus créditos para el caso de que desearan cobrarlos.

  3. - La Fusionante resultará causahabiente a título universal de la Fusionada y quedarán incorporados al patrimonio de la primera, todos los activos y pasivos de la Fusionada, sin reserva ni limitación alguna y sin necesidad de cualquier acto jurídico complementario.

  4. - Todos los activos, bienes y derechos de la Fusionada, se transmitirán y pasarán a ser propiedad de la Fusionante incluyendo los derechos determinados o indeterminados, principales o accesorios y los que se adquieran en lo sucesivo, legitimando a la Fusionante para exigir el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas a favor de la Fusionada.

  5. - Asimismo la Fusionante quedará legitimada para continuar con las acciones administrativas, judicialesy vías intentadas en juicio por la Fusionada, si las hubiera.

  6. - La Fusionante asumirá todas las obligaciones, responsabilidades y créditos de cualquier naturaleza o clase, principales o accesorios que integren los pasivos de la Fusionada derivados de los contratos, convenios, licencias, permisos, concesiones y en general de los actos u operaciones realizados porla Fusionada o en los que hayan...

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