Aviso REF:288591

AUTOMOTORES PEDREGAL, S.A. DE C.V.

ADMINISTRACION Y SERVICIOS INTEGRALES DE RECURSOS HUMANOS, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se hace una síntesis de las resoluciones relativas a la fusión de ambas sociedades: 1. Mediante asambleas generales extraordinarias de accionistas de Automotores Pedregal, S.A. ("AUTOMOTORES") de C.V. y Administración y Servicios Integrales de Recursos Humanos, S.A. de C.V. ("ASIRH"), celebradas los días 24 de abril de 2009 y 23 de abril de 2009, respectivamente, ambas sociedades resolvieron fusionarse, subsistiendo la primera como Sociedad Fusionante y extinguiéndose la segunda como Sociedad Fusionada. 2. En las asambleas generales extraordinarias de accionistas mencionadas, las sociedades acordaron, principalmente, que la fusión se llevará a cabo conforme a los siguientes términos y condiciones: a. Entre las partes la fusión surtirá plenos efectos a partir del día 30 de abril de 2009 y ante terceros, en la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México, Distrito Federal, en términos del artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Lo anterior, en el entendido de que respecto de todos aquellos acreedores que se opongan a la fusión, sus créditos se darán por vencidos anticipadamente y los mismos se considerarán líquidos y exigibles debiendo AUTOMOTORES efectuar el pago de los mismos. b. Las cifras que servirán de base para la fusión serán las que reflejen los estados financieros de AUTOMOTORES y ASIRH, al 31 de marzo de 2009, los cuales podrán ser ajustados y actualizados según procedan, en los montos que efectivamente arrojen al momento en que surta efectos la fusión. c. Como consecuencia, AUTOMOTORES adquirirá todos los derechos, garantías, acciones y bienes que pudieran corresponder a ASIRH, por virtud de contratos, convenios, licencias, permisos, concesiones y en general actos de operación otorgados y realizados por ella, y asumirá todas y cada una de las obligaciones a su cargo existentes al momento de la fusión y obligándose a cumplirlas en sus términos, sin que implique novación alguna, es decir, ASIRH, en su calidad de Sociedad Fusionada, transmite a título universal a favorde AUTOMOTORES, en su calidad de Sociedad Fusionante, la totalidad de su patrimonio sin reserva ni limitación alguna. d. En virtud de la fusión AUTOMOTORES aumentará su capital...

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