Aviso REF:293551

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito en La Paz, Baja California Sur

EDICTO

Emplazamiento al tercero perjudicado CONSTRUCCION CORPORATIVA MARITIMA, S.A. DE C.V. En el toca civil 2/2008, el catorce de julio de dos mil ocho, se dictó la ejecutoria que declaró sin materia el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos de dieciocho de diciembre de dos mil siete, dictada por el Juez Primero de Distrito en el Estado de Baja California Sur, con residencia en la ciudad de La Paz, dentro del concurso mercantil 9/2003; contra la referida ejecutoria de catorce de julio de dos mil ocho, la apoderada general para pleitos y cobranzas de Roca Fosfórica Mexicana, S.A. de C.V., promovió juicio de amparo directo que se tramita en el Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, bajo el número de expediente 100/2009, en el que se determinó que a Construcción Corporativa Marítima, S.A. de C.V., le resulta carácter de tercero perjudicado, por lo que en proveído de esta fecha, se ordenó emplazar a esa persona moral al juicio de amparo directo, por mediode edictos a costa de la parte quejosa, de acuerdo a lo que dispone la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, y el numeral 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la referida ley reglamentaria; edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el...

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