Aviso REF:304230

INSTITUTO CARLOS SLIM DE LA SALUD, A.C.

ACERCAR SOLUCIONES, S.C.

AVISO DE FUSION

Mediante asamblea general de asociados del Instituto Carlos Slim de la Salud, A.C. (en lo sucesivola "Asociación Fusionante") y asamblea general de socios de Acercar Soluciones, S.C. (en lo sucesivo la "Sociedad Fusionada"), ambas asambleas celebradas el 12 de marzo de 2010, se acordó la fusión del Instituto Carlos Slim de la Salud, A.C., con Acercar Soluciones, S.C., subsistiendo la primera como Asociación Fusionante y extinguiéndose la segunda como Sociedad Fusionada. En cumplimiento a lo acordado por ambas sociedades se publican los siguientes: ACUERDOS DE FUSION

PRIMERO.- Se aprobó la fusión de la "Asociación Fusionante" con la "Sociedad Fusionada" subsistiendo la "Asociación Fusionante" y extinguiéndose la "Sociedad Fusionada". SEGUNDO.- La fusión se efectuó tomando como base los balances de ambas sociedades al 28 de febrero de 2010. Las cifras de dichos balances serán actualizadas y ajustadas a los montos que efectivamente se obtengan en la fecha en que surta efectos la fusión. TERCERO.- La fusión surtirá efectos entre la "Asociación Fusionante", la "Sociedad Fusionada" y cada uno de sus asociados y socios, respectivamente, y para los efectos contables y fiscales procedentes a partir del 1 de abril de 2010. Asimismo, se acuerda que la "Asociación Fusionante" en su carácter de fusionante cumplirá las obligaciones y pagará las deudas de la Fusionada en su carácter de causahabiente universalde la misma. CUARTO.- La "Asociación Fusionante" adquirirá de la "Sociedad Fusionada" y ésta transmitirá a la "Asociación Fusionante" la totalidad de su activo, pasivo, patrimonio y derechos y obligaciones sin restricción o limitación alguna. En consecuencia y por virtud de la fusión, la "Sociedad Fusionada" se extinguirá y la "Asociación Fusionante" se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la "Sociedad Fusionada" derivados de todos los actos, contratos y operaciones en los que la "Sociedad Fusionada" sea parte, respondiendo frente a cada uno de los acreedores y deudores de dicha sociedad y de sus respectivos beneficiarios y/o causahabientes en los términos pactados en cada uno de los actos, contratos y operaciones. QUINTO.- Al momento en que surta efectos la fusión, se cancelará el patrimonio de la "Sociedad Fusionada" y derivado de los ajustes contables que se realizarán con motivo de la misma, el patrimoniode la "Asociación Fusionante" sólo se verá...

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