Aviso REF:306518

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado

Juzgado Primero Civil de Primera Instancia

del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo

EDICTO

  1. CELESTE GUADALUPE VELEZ BENITEZ

    DOMICILIO IGNORADO.

    En el expediente número 646/2008, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, antes HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, en contra de la C. CELESTE GUADALUPE VELEZ BENITEZ, con fechas veintinueve de mayo del dos mil nueve, y catorce de abril del dos mil diez, esta Autoridad dictó dos proveídos, que son del tenor literal siguiente:

    "...Por presentada la C. Licenciada CLAUDIA SAHAGUN NUÑO, como Apoderada de la parte actora, con su escrito de cuenta, haciendo las manifestaciones contenidas en el cuerpo del mismo.- Atento a lo anterior la C. Juez proveyendo dijo: Como lo solicita la promovente, y visto el estado de los autos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1201 en relación con el 1382 y 1383 deI Código de Comercio reformado, se tiene a la parte actora ofreciendo en tiempo las pruebas que le corresponde, no así a la parte demandada a quien se le tiene por perdido el derecho para hacerlo; declarándose concluido el periodo de ofrecimiento de pruebas; admitiéndose a la parte actora los siguientes medios de convicción: I.- La Confesional a cargo de laC. CELESTE GUADALUPE VELEZ BENITEZ, en forma personal, y no por conducto de Apoderado o Representante alguno; II.- La Documental Pública consistente en la copia certificada de la escritura pública número 93,440 de fecha 3 de septiembre de 2008, cuya copia certificada obra en autos a fojas de la 136 a la 145 de este expediente; III.- La Documental Pública consistente en el testimonio de la escritura pública número 11,556 de fecha 25 de febrero del 2005, cuyo original obra en la caja de seguridad de este juzgado, y la copia simple agregada en autos a foja de la 22 a la 34; IV.- La Documental Privada consistente en el certificado de adeudo expedido por el contador JOSE ANTONIO ACEVEDO VILLANUEVA, con cédula profesional número 2989434, cuyo original obra en la caja de seguridad de este juzgado, y la copia simple glosada en autos a fojas de la 122 a la 123; V.- La Instrumental de Actuaciones consistente en todas las actuaciones que favorezca a sus intereses, y VI.- La Presuncional en su doble aspecto Legal y Humana en...

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