Aviso REF:315096

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California

con residencia en Mexicali

Juicio de Amparo 136/2010-1

EDICTO

En los autos del juicio de amparo número 136/2010-1, se ordenó emplazar a juicio a los terceros perjudicados JESUS RAMIREZ CORIA y NORA TAPIA Y/O NORA TAPIA MARTINEZ, en términos de lo dispuesto por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso numeral 315, deI Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la Materia, y se hace de su conocimiento que los licenciados Ignacio Cárdenas Rodríguez y José Enrique Rodríguez Cabrales, en su carácter de apoderados legales de MARIA DOLORES GLORIA RAMIREZ DE ARELLANO, interpusieron demanda de amparo, contra actos de los miembros de la Junta Especial número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de Mexicali, Baja California y el Secretario Actuario adscrito a la Junta Especial número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de Mexicali, Baja California, ambos con residencia en esta ciudad, los cuales hacen consistir en: "IV. ACTO RECLAMADO.- De la autoridad señalada como ORDENADORA reclamamos la ilegal orden de embargo, remate y adjudicación respecto al bien inmueble identificado como lote de terreno número trece (13) de la manzana treinta y seis (36) del Fraccionamiento Villa Florida de esta ciudad, ubicado en la Avenida las Coronillas número 3944 del citado fraccionamiento de esta ciudad, con superficie de 120.60 metros cuadrados con construcciones existentes y con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE Y AL SUR EN 6.670 METROS CON AVENIDA LAS CORONILLAS Y CON LOTE NUMERO 38 RESPECTIVAMENTE, AL ESTE Y AL OESTE EN 18.00 METROS CON LOTES NUMERO 14 Y 12 RESPECTIVAMENTE. Pronunciando dentro del procedimiento laboral sustanciado ante la Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de esta ciudad, cuyo número de expediente se ignora por la naturaleza del acto que se reclama. Y por consecuencia de las autoridades EJECUTORAS el cumplimiento indebido del auto que ordena los actos que reclamamos de la autoridad responsable ordenadora."; se les EMPLAZA y se les hace saber que deberán comparecer ante este Juzgado...

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