Aviso REF:319989

VITAMEDICA, S.A. DE C.V.

AVISO DE ESCISION

PRIMER AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como a la fracción V del artículo 228 bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles y a lo establecido en el punto II del orden del día de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Vitamédica, S.A. de C.V., en adelante "la Escindente" celebrada el 14 de diciembre de 2010, se publica un extracto de la escisión de dicha sociedad, conforme a las siguientes condiciones y términos: 1. Los accionistas de la Escindente mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el día 14 de diciembre de 2010, aprobaron por unanimidad de votos, la escisión de la Escindente, subsistiendo ésta con la denominación de VITAMEDICA, S.A. DE C.V., y como sociedad totalmente independiente de la nueva sociedad que se constituye como resultado de la escisión, la cual llevará la denominación de VITAMEDICA ADMINISTRADORA, S.A. DE C.V., en adelante "la Escindida". 2. En virtud de la escisión acordada, las operaciones análogas y conexas, así como aquellas que no derivan de las leyes de seguros, pasan a ser propiedad de la Escindida, para que opere como una sociedad prestadora de servicios, siendo que éstas representan al 30 de septiembre de 2010, el 86.58% del capital social de la Escindente. El pasivo que asumirá la Escindida representa el 85.45% del pasivo total de la Escindente, y la escindida adquiere el 91.98% del capital contable de la Escindente, cantidades y porcentajes que se actualizarán al momento de surtir efectos la escisión. 3. La transmisión a la Escindida de la parte del patrimonio de la Escindente, estará conformada por las operaciones análogas y conexas, así como aquellas que no derivan de las leyes de seguros (activo, pasivoy capital) a que se refiere el punto que antecede. La transmisión comprende parte de los derechos y obligaciones que actualmente le corresponden a la Escindente, debiendo en todo caso la Escindida respetar los derechos adquiridos por terceros en virtud de los actos, convenios, contratos o documentos jurídicos en que constan, incluyendo sin limitar, a todos aquellos contratos celebrados con los médicos, hospitales, farmacias y/o cualquier otro que pertenezca a la red de proveedores de la Escindente, por lo que la Escindida asume todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos y que sean a cargo de la...

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