Aviso REF:322658

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

San Luis Potosí

EDICTO

En cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta fecha, dictado en el juicio de amparo número 1290/2010-I, promovido por Guillermo Alejandro Guerra Cordero, contra actos de la Junta Especial Número 34 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se emplaza a los terceros perjudicados José Luis Tadeo Martínez, José Federico Galván Alcantar y Manufacturas GCI, Sociedad Anónima de Capital Variable, ahora denominada Fountar, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, para los cual, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de garantías con que se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, en los términos siguientes: El presente juicio de garantías lo promueve Guillermo Alejandro Guerra Cordero, contra actos de la Junta Especial Número 34 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, a quienes les reclama: "I.- La determinación de la Responsable emitida en la audiencia de las diez treinta horas del dieciséis de noviembre de dos mil diez que desecha por notoriamente improcedente el incidente de falta de personalidad que promovió como mi apoderada jurídica la Licenciada Ma. Guadalupe Cárdenas Alonso, respecto de la impugnación de falta de personalidad del supuesto representante de Sistemas y Componentes Eléctricos, S.A. de C.V. Licenciado José del Río Argüelles, determinando reconocer personalidad al C. Licenciado José del Río Argüelles como supuesto representante de Sistemas y Componentes Eléctricos S.A. de C.V. II.- Todas las consecuencias directas e indirectas mediatas e inmediatas, próximas y remotas que de hecho y de derecho se deriven del acto reclamado en el punto I inmediato precedente." Asimismo, mediante proveído de ocho de diciembre de dos mil diez, se tuvo como terceros perjudicados a: Gustavo Adolfo Terán Morales, Sebastián Nava Acosta, Fernando González Rojas, Raúl Contreras Almendarez, José Luis Rojas Méndez, Ricardo Amezcua Zapata, Mario Rey Vargas Morales, Thomas Palomo Borbolla, Josefina Rodríguez García, Martha Beatriz Cano Araiza, Arturo Campos Torres, Alma Gregoria García, Miguel Angel Sustáita Silva, Eleutorio Ontiveros Ortiz, Martha Eugenia Acuña Medellín...

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