Aviso REF:327979

Pronósticos para la Asistencia Pública

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTICULOS 5o., 6o., 7o., 8o., 10o. Y 25o., Y SE ADICIONA EL ARTICULO 5o. BIS DEL REGLAMENTO DEL CONCURSO PROGOL DE PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA El Consejo Directivo de Pronósticos para la Asistencia Pública, con fundamento en los artículos 58 fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, sexto fracción III, Séptimo del Decreto de Creación de Pronósticos para la Asistencia Pública y 9o. del Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública, y CONSIDERANDO

Que el organismo público descentralizado Pronósticos para la Asistencia Pública, tiene por objeto obtener recursos que se destinan a la asistencia pública, empleando para ello mecanismos tales como la organización de concursos y sorteos con premios en efectivo o en especie; Que con el fin de cumplir de manera cabal con la operatividad del concurso Progol, resulta trascendente efectuar diversas precisiones al Reglamento que actualmente opera, a efecto de lograr una mejor consecución de los fines y objetivos de la entidad, por lo que se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTICULOS 5o., 6o., 7o., 8o., 10o. Y 25o., Y SE ADICIONA EL ARTICULO 5o. BIS DEL REGLAMENTO DEL CONCURSO PROGOL DE PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA Artículo 5o.- Se considerará como resultado definitivo de cada partido, el oficial, del cual se tomará conocimiento antes de la Selección de Ganadores. Para todos los efectos legales, la Selección de Ganadores se realizará con base en los datos de los resultados oficiales de los partidos concluidos en la quiniela, que la Institución obtenga a partir de la consulta a diversas fuentes informativas y noticiosas, y dicha selección de ganadores se realizará el mismo día o al día siguiente de celebrado el último de los partidos incluidos en la quiniela. Artículo 5o.Bis.- En caso de que por cualquier causa el resultado oficial de un partido no se conozca o se conozca anticipadamente por no haberse iniciado o por no haberse concluido en el tiempo reglamentario sea cual fuere el tiempo que faltase, o por haberse adelantado o pospuesto a la fecha de su celebración programada y siempre que aquella fecha salga del lapso de celebración de los otros partidos comprendidos en la quiniela programada o que por cualquier causa, motivo, razón o circunstancia, el resultado oficial de un partido, no se conozca antes de efectuar la selección de ganadores, de...

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