Aviso REF:331371

Fecha de disposición30 Agosto 2011
Fecha de publicación30 Agosto 2011
SecciónAvisos Judiciales y Generales
MateriaDerecho Procesal

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

PARA EMPLAZAR A: UNIDAD PISCICOLA TLAYCA, S. DE S.S.. EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL 610/2010-B, PROMOVIDO POR LA FEDERACION (EJECUTIVO FEDERAL Y SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION Y COMISION NACIONAL DE ACUACULTURA Y PESCA) CONTRA UNIDAD PISCICOLA TLAYCA, S DE S.S., SE DICTO EL SIGUIENTE PROVEIDO: "México, Distrito Federal, a veintisiete de octubre de dos mil diez. Vista la demanda presentada por la Federación (Ejecutivo Federal y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca), por conducto del Director General de Asuntos Jurídicos de la Procuraduría General de la República Juan Manuel Alvarez González, personalidad que acredita y reconoce en términos de la copia certificada del nombramiento de dieciséis de enero de dos mil nueve; fórmese expediente y anótese en el libro de asuntos civiles de este juzgado bajo el registro 610/2010-B. Téngase a la promovente demandando en la vía ordinaria civil de Unidad Piscícola Tlayca, S. de S.S., quien tiene su domicilio en calle Hidalgo 15, localidad Tlayca, Municipio de Jonacatepec, Morelos, entre otras la siguiente prestación: "I. El pago de la cantidad de $162,978.50 (CIENTO SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 50/100 M.N.), por concepto de la pena convencional a que se refiere la cláusula octava del convenio base de la acción. ..." Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104, fracciones I y III, constitucional, 53, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, 19, 24, fracción IV, 322, 323, 324 y 327 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se admite la demanda en la vía y forma propuesta; ahora bien, tomando en consideración que el domicilio de la demandada, se encuentra fuera de la jurisdicción de este Juzgado, con fundamento en los preceptos 298, 299, 300 y 301 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, líbrese exhorto al Juez de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, en turno para que en auxilio de las labores de este Juzgado y con plenitud de jurisdicción emplace a la demandada de mérito y sirva notificarle este proveído, corriéndole traslado con copia de la demanda y anexos, para que en nueve días...

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