Aviso REF:364833

Fecha de disposición04 Abril 2013
Fecha de publicación04 Abril 2013
SecciónAvisos Judiciales y Generales
MateriaDerecho Procesal

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Centro SCT Quintana Roo

EDICTO

Visto el contenido del procedimiento administrativo de revocación y/o sanción iniciado, en contra de "OPERADORA CONTINENTAL S.A. DE C.V.", empresa permisionaria del Servicio Público Federal de Carga, iniciado mediante oficio número S.C.T.6.22.413.1232/2012 de fecha 18 de octubre de 2012, expedido poreste Centro SCT, Quintana Roo, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; en consecuencia el suscrito Director General con fundamento en lo dispuesto en el artículo 57 fracción I de laLey Federal de Procedimiento Administrativo y artículo 79 fracción II de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal emitió la resolución contenida en el oficio S.C.T.6.22.413.014.2013 en la cual resolvió: PRIMERO. En términos del considerando IV del cuerpo de la presente resolución, se revoca el permiso otorgado a favor de la empresa permisionaria "OPERADORA CONTINENTAL S.A. DE C.V." quedando imposibilitada la referida empresa permisionaria para obtener un nuevo permiso dentro del plazo de cinco años contados a partir de que quede firme la presente resolución; SEGUNDO. En términos de lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, se ordena publicar la presente resolución del procedimiento administrativo de revocación iniciado en contra de la empresa permisionaria "OPERADORA CONTINENTAL S.A. DE C.V.", por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación; TERCERO. En términos de lo dispuesto en los artículos 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se ordena publicar la presente resolución del procedimiento administrativo de revocación iniciado en contra de la empresa permisionaria "OPERADORA CONTINENTAL S.A. DE C.V." por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, y por tres días consecutivos en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el Territorio del Estado de Quintana Roo; CUARTO. En términos del considerando IV de la presente resolución, se ordena al Subdirector de Transporte del Centro SCT, Quintana Roo, para que en atención a como lo dispone el último párrafo del artículo 17 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, realice las acciones correspondientes por cuanto a la revocación del permiso de la empresa permisionaria "OPERADORA...

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