Aviso REF:346444

Fecha de disposición08 Mayo 2012
Fecha de publicación08 Mayo 2012
SecciónAvisos Judiciales y Generales
MateriaDerecho Procesal

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Naucalpan de Juárez

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. TERCERO PERJUDICADO: JESUS GONZALEZ DIAZ Naucalpan de Juárez, Estado de México, dieciocho de abril de dos mil doce. En los autos del juicio de amparo 105/2012-XIII, promovido por CLAUDIO IVAN RODRIGUEZ MARTINEZ, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México y otra autoridad, por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado JESUS GONZALEZ DIAZ, se ordenó su emplazamiento por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento: "INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado JESUS GONZALEZ DIAZ, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de veinticincode enero de dos mil doce, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por CLAUDIO IVAN RODRIGUEZ MARTINEZ, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 105/2012-XIII, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México y otra autoridad, por el acto consistente en: "IV.- ACTOS RECLAMADOS: De EL PRIMERO DE LOS ANTES MENCIONADOS RECLAMAMOS, EL Auto de Vinculación a Proceso (AUTO DE PLAZO CONSTITUCIONAL), dictado en mi contra por el C. Juez de Control del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México, con fecha 27 de Noviembre del 2012, dentro de la causa penal 537/2011, dentro de la carpeta de investigación 483360830213911, por mi probable responsabilidad penal en la comisión del delito de robo con modificativa agravante de haberse cometido con violencia.De el segundo de los antes mencionados reclamo, el fallo en el cual niega los hechos declarando INFUNDADOS LOS AGRAVIOS EXPRESADOS POR PROPIO DERECHO, dentro del Toca Penal 1162/2011, decretada por la C. Presidente de la Segunda Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla, Estado de...

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