Aviso REF:285824

Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero

MANUAL DE ORGANIZACION

VIGENCIA A PARTIR DEL 14/05/2008

INDICE
Contenido
1. INTRODUCCION
2. ANTECEDENTES
3. MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO
Leyes
Reglamentos
Decretos
Contratos
Convenios
Acuerdos
4. FINES Y FACULTADES
Fines
Facultades
5. ESTRUCTURA ORGANICA Y DE GOBIERNO
6. ORGANIGRAMA
7. MISION
8. VISION
9. OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LAS AREAS
Dirección General
Dirección Corporativa y Jurídica
Dirección de Administración y Sistemas
10. SIGLAS
11. DIRECTORIO
  1. INTRODUCCION

    El Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que se deberán de mantener permanentemente actualizados, entre otros instrumentos de apoyo administrativo, los Manuales de Organización de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos que deberán contener información sobre la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas.

    En atención al espíritu del citado ordenamiento y para el cumplimiento de esa disposición, la Dirección de Administración y Sistemas, del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA), procedió a la actualización del presente Manual de Organización que contiene los aspectos básicos sobre la organización interna de este fideicomiso paraestatal, de conformidad a los puestos y niveles que tiene oficialmente autorizados.

    El propósito de este Manual de Organización es ordenar, precisar y divulgar, los elementos fundamentales que conforman la organización del FEESA, como son los antecedentes más relevantes de su constitución y situación actual, el marco jurídico que lo rige, los fines y facultades con los fue constituido, su estructura orgánica y las funciones de cada una de sus áreas.

    Este documento pretende además servir como guía de información para su personal, actual o de nuevo ingreso, ya que le permitirá conocer la estructura organizacional de la entidad, las funciones que tienen a su cargo y los niveles de autoridad y responsabilidad de las áreas que lo conforman.

  2. ANTECEDENTES

  3. Con fechas 3 y 10 de septiembre de 2001, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el: "Decreto por el que se expropian por causa de utilidad pública, a favor de la Nación, las acciones, los cupones y/o los títulos representativos del capital o partes sociales de las empresas que adelante se enlistan. Esta expropiación incluye, entre otros, a las unidades industriales denominadas ingenios azucareros, con toda su maquinaria y equipo, terrenos, construcciones y estructuras, derechos, patentes, marcas, nombres comerciales, tanques de almacenamiento, bodegas, talleres, laboratorios y sus aparatos, plantas eléctricas, servicios de dotación de agua e infraestructura correlativa, equipos de transporte, los inmuebles asignados para uso habitacional de los administradores; así como, los almacenes de azúcar, el azúcar que contienen,y todos los demás bienes muebles e inmuebles propiedad de las sociedades siguientes:

    1. Ingenio de Atencingo, S.A. de C.V.

    2. Ingenio de Casasano La Abeja, S.A. de C.V.

    3. Ingenio El Modelo, S.A.

    4. Ingenio El Potrero, S.A.

    5. Ingenio Emiliano Zapata, S.A. de C.V.

    6. Ingenio La Providencia, S.A. de C.V.

    7. Ingenio Plan de San Luis, S.A. de C.V.

    8. Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, S.A. de C.V.

    9. Ingenio San Miguelito, S.A.

    10. Ingenio Presidente Benito Juárez, S.A. de C.V.

    11. Ingenio José María Martínez, S.A. de C.V.

    12. Ingenio Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.

    13. Ingenio San Francisco El Naranjal, S.A. de C.V.

    14. Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V.

    15. Ingenio Eldorado, S.A. de C.V.

    16. Central Progreso, S.A. de C.V.

    17. Ingenio José María Morelos, S.A. de C.V.

    18. Ingenio La Margarita, S.A. de C.V.

    19. Fomento Azucarero del Golfo, S.A. de C.V.

    20. Ingenio Alianza Popular, S.A. de C.V.

    21. Ingenio Plan de Ayala, S.A. de C.V.

    22. Compañía Azucarera del Ingenio Bella Vista, S.A. de C.V.

    23. Ingenio Pedernales, S.A. de C.V.

    24. Azucarera de la Chontalpa, S.A.

    25. Ingenio La Joya, S.A. de C.V.

    26. Compañía Industrial Azucarera, S.A. de C.V. e

    27. Ingenio San Gabriel Ver., S.A. de C.V."

    En el Artículo Tercero Transitorio del citado Decreto se establece que: "Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), realizarán las acciones necesarias para constituir la o las entidades paraestatales que determinen para administrar los bienes que se expropian por virtud del presente Decreto, dentro de los noventa días siguientes a la publicación del mismo".

  4. El 12 de octubre de 2001, se suscribe el Contrato de Fideicomiso con el que se constituye el Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA), que tiene por objeto principal, la administración de los

    bienes expropiados a través de los vehículos financieros, fiduciarios y, en general jurídicos que resultaren necesarios.

  5. El 25 de enero de 2002 se constituyó la empresa "Promotora Azucarera, S.A. de C.V., con una participación en su capital social de 98% de NAFIN en su carácter de Sociedad Nacional de Crédito y el 2% restante a NAFIN en su carácter de fiduciaria del FEESA, con el objeto de recibir y transmitir los derechos que correspondieran para administrar y operar a través de los vehículos financieros, fiduciarios y, en general jurídicos que resultaren necesarios, los activos y las unidades industriales de las empresas expropiadas.

  6. El 1 de marzo de 2004 el Grupo Azucarero México (GAM) obtiene sentencia favorable al amparo contra el decreto de expropiación, por lo que la SAGARPA, por conducto de su Oficialía Mayor devuelve a dicho Grupo los ingenios expropiados que se relacionan a continuación, en las condiciones que se encontraban a la fecha de la expropiación:

    Ingenio José María Martínez, S.A. de C.V.

    Ingenio Eldorado, S.A. de C.V.

    Ingenio Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.

    Ingenio Presidente Benito Juárez, S.A. de C.V.

  7. Con fecha 19 de mayo de 2006, el Grupo Machado obtiene sentencia favorable al amparo en contra del decreto de expropiación, por lo que la SAGARPA procedió a devolver al citado grupo los Ingenios que se relacionan a continuación, en las condiciones en que se encontraban al momento de la expropiación:

    Ingenio La Margarita, S.A. de C.V.

    Fomento Azucarero del Golfo, S.A. de C.V.

    Central Progreso, S.A. de C.V.

  8. En cumplimiento a la ejecutoria dictada a favor del amparo contra el decreto de expropiación interpuesto por el Grupo Santos, la SAGARPA, procedió a devolver en noviembre de 2006 al citado Grupo, los Ingenios que se relacionan a continuación, en las condiciones en que se encontraban a la fecha de la expropiación:

    Compañía Azucarera del Ingenio Bella Vista, S.A. de C.V.

    Ingenio Alianza Popular, S.A. de C.V.

    Ingenio Plan de Ayala, S.A. de C.V.

    Ingenio Pedernales, S.A. de C.V.

    Ingenio San Gabriel Ver., S.A. de C.V.

    Compañía Industrial Azucarera, S.A. de C.V.

  9. El 29 de junio de 2005, se firma el contrato de compra venta del Ingenio San Francisco El Naranjal, S.A. de C.V., operación que se concreta el 8 de mayo de 2006.

  10. Actualmente el FEESA a través de los vehículos financieros, fiduciarios y en general jurídicos que fueron creados para conducir la administración de los ingenios expropiados, mantiene esa responsabilidad con los siguientes ingenios, bajo las figuras jurídicas de fideicomisos:

    Ingenio de Atencingo

    Ingenio de Casasano La Abeja

    Ingenio El Modelo

    Ingenio El Potrero

    Ingenio Emiliano Zapata

    Ingenio La Providencia

    Ingenio Plan de San Luis

    Ingenio San Cristóbal

    Ingenio San Miguelito

    Ingenio José María Morelos

    Ingenio La Joya

    Compañía Industrial Azucarera San Pedro y

    Azucarera de la Chontalpa.

  11. MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    LEYES

    Ley Federal de Entidades Paraestatales. Artículos 5, 21, 29, 40, 44, 45, 58 y 59.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    Ley Orgánica de Nacional Financiera.

    Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Artículos 1, 2, 26, 28, 31, 34, 35, 37 y 47, Párrafo II.

    Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Artículos 391 y 392, Fracción VI.

    Ley de Instituciones de Crédito. Artículo 106 inciso b, Fracción XIX, Párrafo último.

    Ley Federal del Trabajo, Apartado A.

    REGLAMENTOS

    Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Artículo 5.

    Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    Reglamento Orgánico de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

    Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Artículo 4.

    DECRETOS

    Decreto Expropiatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación en...

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