Aviso de Término de la Emergencia por la ocurrencia de incendios forestales del 1 de enero al 22 de febrero de 2021, para 23 municipios del Estado de Oaxaca.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. LIC. LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19, fracción XI de la Ley General de Protección Civil; 22, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 12, fracciones I, inciso a), II y IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias (LINEAMIENTOS) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO

Que el día 26 de febrero de 2021, se emitió el Boletín de Prensa número BDE-008-2021, mediante el cual se dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en Emergencia por la ocurrencia de incendios forestales del 1 de enero al 22 de febrero de 2021 a los municipios de San Pablo Etla, Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlalixtac de Cabrera, San Pedro Tapantepec, Santa Cruz Mixtepec, Oaxaca de Juárez, Santa María Atzompa, San Pablo Huitzo, San Felipe Tejalápam, Villa de Zaachila, San Jerónimo Tlacochahuaya, San Miguel Chimalapa, Santa María Chimalapa, San Francisco Telixtlahuaca, Zimatlán de Álvarez, Santiago Tepetlapa, Santa María Lachixío, Heroica Villa de Tezoatlán de Segura y Luna, Santiago Ixtayutla, San Simón Zahuatlán, Constancia del Rosario, Santiago Astata y San Miguel el Grande del Estado de Oaxaca; publicándose la Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2021.

Que mediante oficio número SSPC/SPPPCCP/CNPC/DGPC/00247/2021, de fecha 8 de marzo de 2021, la Dirección General de Protección Civil (DGPC) comunica que, de acuerdo con el más reciente análisis realizado por la Dirección de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten, por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la cual fue emitida.

Que el 8 de marzo de 2021, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número BDE-011-2021, a través del cual dio a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia por la ocurrencia de incendios forestales del 1 de enero...

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