Aviso de Término de la Emergencia por la presencia de incendios forestales ocurridos del veinticinco de abril al trece de mayo de dos mil diecinueve en veintisiete municipios del Estado de Guerrero.

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EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 19, fracción XI de la Ley General de Protección Civil; 22, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 12, fracciones I, inciso a, II y IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN (LINEAMIENTOS), y

CONSIDERANDO

Que el día diecisiete de mayo de dos mil diecinueve, se emitió el Boletín de Prensa número BDE-016-2019, mediante el cual se dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil, declaró en Emergencia a los municipios de Acapulco de Juárez, Alcozauca de Guerrero, Arcelia, Atenango del Río, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Atoyac de Álvarez, Buenavista de Cuéllar, Chilpancingo de los Bravo, Copalillo, Copanatoyac, Coyuca de Benítez, Coyuca de Catalán, Eduardo Neri, Huitzuco de los Figueroa, Juan R. Escudero, Malinaltepec, Mochitlán, Petatlán, Taxco de Alarcón, Tepecoacuilco de Trujano, Tlacoapa, Tlalixtaquilla de Maldonado, Tlapa de Comonfort, Xochistlahuaca, Zirándaro y Zitlala del Estado de Guerrero, por la presencia de incendios forestales ocurridos del veinticinco de abril al trece de mayo de dos mil diecinueve; publicándose la Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de mayo de dos mil diecinueve.

Que mediante oficio número SSPC/CNPC/DGPC/0424/2019, de fecha veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, la Dirección General de Protección Civil comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten, por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la Dirección General de Protección Civil se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la cual fue emitida.

Que el veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, la Coordinación Nacional de Protección Civil emitió el Boletín de Prensa número BDE-018-2019, a través del cual dio a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los...

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