Aviso de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial ocurridas el día 28 de noviembre de 2019 en 6 municipios del Estado de Durango e inundación fluvial ocurrida el día 28 de noviembre de 2019, en 1 municipio de dicha entidad federativa.

Fecha de disposición28 Noviembre 2019
Fecha de publicación19 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19, fracción XI de la Ley General de Protección Civil; 22, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 12, fracciones I, inciso a), II y IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN (LINEAMIENTOS) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO

Que el día 1 de diciembre de 2019, se emitió el Boletín de Prensa número BDE-091-2019, mediante el cual se dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en Emergencia a los municipios de Canelas, Otáez, San Dimas, Tamazula, Tepehuanes y Topia por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial ocurridas el día 28 de noviembre de 2019 y en el municipio de Pueblo Nuevo por la presencia de inundación fluvial ocurrida el día 28 de noviembre de 2019, todos del Estado de Durango; publicándose la Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019.

Que mediante oficio número SSPC/SPPPCCP/CNPC/DGPC/00673/2019, de fecha 11 de diciembre de 2019, la Dirección General de Protección Civil (DGPC) comunica que, de acuerdo con el más reciente análisis realizado por la Dirección de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten, por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la cual fue emitida.

Que el 11 de diciembre de 2019, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número BDE-096-2019, a través del cual dio a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Canelas, Otáez, San Dimas, Tamazula, Tepehuanes y Topia por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial ocurridas el día 28 de noviembre de 2019 y en el municipio de Pueblo Nuevo por la presencia de inundación fluvial ocurrida el día 28 de noviembre de 2019, todos del Estado de Durango.

Que tomando en cuenta lo anterior, se...

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