Aviso de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial ocurridas del 31 de mayo al 4 de junio de 2020 para 16 municipios del Estado de Yucatán y por lluvia severa del 1 al 4 de junio de 2020 para 10 municipios de dicha entidad federativa.

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EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19, fracción XI de la Ley General de Protección Civil; 22, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 12, fracciones I, inciso a), II y IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN (LINEAMIENTOS) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO

Que el día 7 de junio de 2020, se emitió el Boletín de Prensa número BDE-027-2020, mediante el cual se dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en Emergencia a los municipios de Akil, Chacsinkin, Dzilam de Bravo, Hunucmá, Maxcanú, Muna, Progreso, Santa Elena, Tahdziú, Tekax, Tecoh, Tetiz, Ticul, Tzucacab, Valladolid y Yaxcabá por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial ocurridas del 31 de mayo al 4 de junio de 2020; y para los municipios de Celestún, Chocholá, Halachó, Kinchil, Kopomá, Opichén, Peto, Samahil, Telchac Puerto y Ucú por lluvia severa del 1 al 4 de junio de 2020, todos del Estado de Yucatán; publicándose la Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2020.

Que mediante oficio número SSPC/SPPPCCP/CNPC/DGPC/0636/2020, de fecha 17 de julio de 2020, la Dirección General de Protección Civil (DGPC) comunica que, de acuerdo con el más reciente análisis realizado por la Dirección de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten, por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la cual fue emitida.

Que el 17 de julio de 2020, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número BDE-052-2020, a través del cual dio a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Akil, Chacsinkin, Dzilam de Bravo, Hunucmá, Maxcanú, Muna, Progreso, Santa Elena, Tahdziú, Tekax, Tecoh, Tetiz, Ticul, Tzucacab, Valladolid y Yaxcabá por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial...

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