Aviso del Tribunal Superior Agrario, relativo a la suspensión de labores, con motivo del sismo del día 19 de septiembre de 2017.

Fecha de disposición19 Septiembre 2017
Fecha de publicación05 Octubre 2017
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

AVISO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, RELATIVO A LA SUSPENSIÓN DE LABORES, CON MOTIVO DEL SISMO DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

El Tribunal Superior Agrario con fundamento en lo dispuesto en el artículo 27 fracción XIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 8o. fracción X y Xi así como 11 fracción IV de la Ley Orgánica, en relación con el artículo 27 del Reglamento Interior, ambos ordenamientos de los Tribunales Agrarios y 365 del Código Federal de procedimientos civiles de aplicación supletoria a la Ley Agraria, y

CONSIDERANDO

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 fracción XIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con el artículo 27 del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, es atribución del Tribunal Superior Agrario establecer medidas administrativas que sirvan para asegurar la expedita y honesta impartición de la justicia agraria, así como definir las medidas de seguridad que permitan el óptimo desarrollo de la misma.

Que con motivo del sismo ocurrido en la Ciudad de México el día 19 de septiembre de 2017 y con el objeto de contar con la certeza técnica de que las instalaciones en que se ubican las oficinas del Tribunal Superior Agrario se encuentran en óptimas condiciones para desarrollar las funciones y actividades inherentes al mismo, que permitan resguardar en todo momento la integridad física de sus ocupantes así como, el resguardo y custodia de sus archivos, mobiliario y equipo, en tal virtud con fundamento en los preceptos legales antes citados se emite el siguiente:

ACUERDO

Único.- Se determina la suspensión de todas las actividades relacionadas con la recepción, despacho y desahogo de todo tipo de documentación y trámite, así como la suspensión de plazos y términos en materia agraria, por un periodo indefinido. Lo anterior para los efectos legales y administrativos a que haya lugar. Ciudad de México a 19 de septiembre de 2017. Conste.

Atentamente

El Secretario General de Acuerdos, Enrique García Burgos.- Rúbrica.

El Tribunal Superior Agrario, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 fracción XIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, de conformidad con lo establecido en los artículos 8o. fracciones X y XI, y 11 fracción IV de la Ley...

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