H. AYUNTAMIENTO DE IXTACAMAXTITLAN, PUEbla - REF:216238

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES H. AYUNTAMIENTO DE IXTACAMAXTITLAN, PUEbla

COMITE MUNICIPAL DE OBRA PUBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS

LICITACION PUBLICA NACIONAL

CONVOCATORIA No. LP-021/083/PRODEPI/01/2005

  1. En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública número LP-021/083/PRODEPI/01/2005, para la contratación de la obra construcción del Sistema del Agua Potable en la localidad de Tlacuela, Municipio de Ixtacamaxtitlan, Puebla, de conformidad con lo siguiente:

    Costo de las bases Fecha límite para adquirir las bases Junta de aclaraciones Visita al lugar de los trabajos Presentación de proposiciones Fecha del fallo
    $4'000.00 30/08/2005 30/08/2005 18:00 horas 30/08/2005 9:00 horas 5/09/2005 14:00 horas 7/09/05 14:00 horas

    Oficio de autorización Descripción general de la obra Fecha de inicio Plazo de ejecución Capital contable requerido
    UCE/AE/21/037/07-2005 Obra: construcción del Sistema del Agua Potable en la localidad Tlacuela, Municipio de Ixtacamaxtitlan 12/09/2005 110 días $500,000.00

    Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Palacio Municipal domicilio conocido del Municipio de Ixtacamaxtitlan, Pue., teléfono (01) 797-97-5-41-47, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:00 a 14:00 horas. La forma de pago es, efectivo en la Tesorería Municipal de Ixtacamaxtitlan, Pue.

    Ubicación de la obra: Tlacuela, Municipio de Ixtacamaxtitlan, Puebla.

    El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.

    La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.

    No se podrán subcontratar partes de la obra.

    Se otorgará un anticipo por inicio de trabajos de 30%.

    1. Requisitos generales que deberán acreditar los interesados.

  2. El capital contable mínimo requerido deberá acreditarse con la siguiente documentación:

    Estados financieros al 30 de abril de 2005, relación analítica de los renglones de activos, incluyendo balance general y estado de pérdidas y ganancias (auditados, en el caso de estar dentro de los supuestos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación), todos los documentos mencionados en este inciso, firmados por un contador público con cédula profesional emitida por la Secretaría de...

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