Bases de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Marina, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2019.

Fecha de disposición11 Abril 2019
Fecha de publicación11 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

BASES de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Marina, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2019. BASES DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR FRANCISCO LUCIANO CONCHEIRO BÓRQUEZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR MARTÍN MIRANDA MARTÍNEZ, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y LA SECRETARÍA DE MARINA, EN LO SUCESIVO "LA SEMAR", REPRESENTADA POR EL ALMIRANTE C.G. DEM. ENRIQUE GENARO PADILLA ÁVILA, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR DE MARINA, ASISTIDO POR EL ALMIRANTE C.G. DEM. JOSÉ LUIS ARELLANO RUÍZ, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NAVAL Y EL C. VICEALMIRANTE C.G. DEM. MARIO VELA DOMÍNGUEZ, VICERRECTOR ACADÉMICO, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Segundo.- Con fecha 6 de marzo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 10/02/2019 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que Francisco Luciano Concheiro Bórquez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2019, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 4 3 9 01 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en la Calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06029, en la Ciudad de México.

  2. De "LA SEMAR":

    II.1.- Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., fracción I, 26 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y entre otras atribuciones tiene a su cargo el dirigir la educación pública naval.

    II.2.- Que el Almirante C.G. DEM. Enrique Genaro Padilla Ávila, Oficial Mayor de Marina, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina.

    II.3.- Que dentro de su estructura orgánica, cuenta con un Oficial Mayor, al cual le corresponde entre otras atribuciones el autorizar a la Universidad Naval los programas de educación que se imparten en las diferentes Instituciones Educativas Navales que conforman el Sistema Educativo Naval.

    II.4.- Que para los efectos legales de este instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida Heroica Escuela Naval Militar No. 861, Colonia Los Cipreses, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04830, en la Ciudad de México.

    Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de "LA SEP" y "LA SEMAR", han decidido celebrar este instrumento de conformidad con las siguientes:

    BASES

    PRIMERA.- Es objeto del presente instrumento, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2019 para el otorgamiento de hasta 146 (ciento cuarenta y seis) Becas de Capacitación, en idioma inglés en los Estados Unidos de América a egresados, discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, que resulten Beneficiarias(os) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2019", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LA SEP" y "LA SEMAR", forma parte integrante del presente instrumento.

    SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este instrumento, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2019, la cantidad de $19'400,000.00 (Diecinueve Millones Cuatrocientos Mil Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico, conforme a las especificaciones que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n);

    B).- Coordinarse con "LA SEMAR" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;

    C).- Asesorar a "LA SEMAR", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en este instrumento y su Anexo de Ejecución;

    D).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal correspondiente no se hayan devengado, y

    E).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con "LA SEMAR", las que le correspondan derivadas de este instrumento y su Anexo de Ejecución, así como aquellas aplicables previstas en "Las Reglas".

    TERCERA.- Por su parte, "LA SEMAR", se obliga a:

    A).- Elaborar la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) y someterla(s) a la consideración de la CNBES;

    B).- Invitar a los(as) estudiantes que soliciten una beca en los términos del "Programa", a que proporcionen su información general y específica a través del medio electrónico establecido por la CNBES, mediante el llenado de una solicitud de apoyo, el cual contiene preguntas que le permitirán perfilar a todos(as) los(as) solicitantes, logrando contar con la información necesaria para la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR