Bases de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de la Defensa Nacional, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEDENA 2017.

Fecha de disposición10 Mayo 2017
Fecha de publicación10 Mayo 2017
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Secretaría de la Defensa Nacional. BASES DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MTRO. AURELIO NUÑO MAYER, ASISTIDO POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDENA", REPRESENTADA POR EL C. GRAL. SALVADOR CIENFUEGOS ZEPEDA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE LA DEFENSA NACIONAL, ASISTIDO POR EL C. GRAL. DE DIV. D.E.M., GILBERTO HERNÁNDEZ ANDREU, SUBSECRETARIO DE LA DEFENSA NACIONAL, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- Con fecha 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 25/12/16 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Mtro. Aurelio Nuño Mayer, Secretario de Educación Pública, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario oficial de la Federación el 21 de enero de 2005.

    1.3.- Que dentro de su estructura orgánica, cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior, a la cual le corresponde, entre otras atribuciones, planear, programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades concernientes a la educación de tipo superior.

    I.4.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y, el "ACUERDO número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.5.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2017, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 4 3 9 01 1 1 09.

    I.6.- Que para efectos de las presentes bases señala como domicilio el ubicado en la Calle de Brasil No. 31, Oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "LA SEDENA"

    II.1.- Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y entre otras atribuciones tiene a su cargo el despacho de los asuntos a ella encomendados, de conformidad con el artículo 29 de dicha Ley y los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

    II.2.- Que el C. Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda, Secretario de la Defensa Nacional, cuenta con las facultades para suscribir las presentes bases, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 17 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. 8 y 10 fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.

    II.3.- Que con fundamento en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, los establecimientos de Educación Militar tendrán por objeto; la educación profesional de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, para la integración de sus cuadros e inculcarles la conciencia de servicio, amor a la Patria, la superación profesional y la responsabilidad social de difundir a las nuevas generaciones, los conocimientos que se les hubiera transmitido.

    II.4.- Que el C. Gral de Div. D.E.M., Gilberto Hernández Andreu, Subsecretario de la Defensa Nacional, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánica de Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y 11 y 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, en donde se delegan atribuciones para auxiliar al General Secretario en sus funciones.

    II.5.- Que para los efectos legales de este instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida Boulevard Manuel Ávila Camacho y Ejército Nacional, Colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11600, en la Ciudad de México.

    Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de "LA SEP" y "LA SEDENA", han decidido celebrar el presente instrumento de conformidad con las siguientes:

    BASES

    PRIMERA.- Es objeto del presente instrumento, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2017 para el otorgamiento de hasta 200 (doscientas) Becas de Capacitación, en idioma inglés en los Estados Unidos de América y Canadá, a discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Militar, que resulten Beneficiarias(os) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEDENA 2017", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LA SEP" y "LA SEDENA", forma parte integrante del presente instrumento.

    SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de las presentes bases, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2017, hasta la cantidad de $30'600,000.00 (Treinta Millones Seiscientos Mil Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico, de acuerdo con los montos y periodos establecidos en el Anexo de Ejecución de este instrumento;

    B).- Coordinarse con "LA SEDENA" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de...

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