Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de 1/2 a 6 pulgadas, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 9603.40.01 de la Tarifa de la Ley...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de 1/2 a 6 pulgadas, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 9603.40.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE BROCHAS DE CERDA NATURAL, SINTETICA O MIXTA CON MANGOS DE MADERA O PLASTICO, EN MEDIDAS QUE VAN DE ½ a 6 PULGADAS, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 9603.40.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo 18/06, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, se emite la presente Resolución, de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Presentación de la solicitud

1. El 19 de junio de 2006, Fábrica de Brochas Perfect, S.A. de C.V. y Brochas Tijuana, S.A. de C.V., en lo sucesivo Brochas Perfect y Brochas Tijuana, o las solicitantes, por conducto de su representante legal comparecieron ante la Secretaría para solicitar el inicio de la investigación administrativa en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y la aplicación del régimen de cuotas compensatorias sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de ½ a 6 pulgadas, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

2. Las solicitantes argumentaron que en el período comprendido de enero a diciembre de 2005 las importaciones de brochas, originarias de la República Popular China, ingresaron en volúmenes significativos y en condiciones de discriminación de precios, lo que causó daño importante a la industria nacional del bien similar, lo cual se observa en la evolución negativa de sus principales indicadores económicos como producción, ventas, utilización de la capacidad instalada, ingresos y utilidades. La Secretaría consideró apropiado establecer como periodo investigado del 1 de enero de 2005 al 30 de junio de 2006, a efecto de que la información que sea proporcionada y analizada en el transcurso de la investigación sea lo más actualizada posible, permitiendo así a la autoridad investigadora allegarse de los elementos suficientes para las determinaciones preliminar y definitiva acerca de la existencia o no de la práctica desleal de comercio internacional.

Empresas solicitantes

3. Brochas Perfect y Brochas Tijuana son empresas constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio para oír y recibir notificaciones en León de los Aldamas 57, Colonia Roma Sur, código postal 06760, México, D.F., cuya actividad principal en el caso de Brochas Perfect consiste en manufacturar, comprar, importar, explotar, distribuir o en forma distinta comerciar con brochas, cepillos, pinceles, brochuelas, escobillas, artículos de madera y plástico, cepillos circulares de alambre, y para el caso de Brochas Tijuana consiste en la fabricación, compra, venta, importación y exportación de toda clase de brochas y cepillos y de toda clase de artículos para pinturas, ferretería y tlapalería en general.

4. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE, las solicitantes manifestaron que durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, representaron el 90 por ciento de la producción nacional de los productos idénticos o similares a los que se importan en condiciones de discriminación de precios y que causan daño importante a la rama de producción nacional.

Información sobre el producto

Descripción del producto

5. Tomando en cuenta lo señalado por las solicitantes el producto objeto de investigación son las brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de ½ a 6 pulgadas. Las brochas son herramientas que se utilizan eminentemente para pintar paredes, fachadas, bardas u otras estructuras, aunque el producto puede ser utilizado para otros propósitos o procesos productivos como para limpiar piezas o para aplicar químicos, solventes, grasas, entre otros. A lo largo de la resolución se mencionará, indistintamente, brochas o brochas de cerda natural, sintética o mixta, con mangos de madera o plástico, en medidas que van de ½ a 6 pulgadas.

Régimen arancelario

6. Conforme a la nomenclatura arancelaria de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en lo sucesivo TIGIE, el producto investigado originario de la República Popular China ingresa por la fracción arancelaria 9603.40.01, la cual se describe como pinceles y brochas para pintar, enlucir, barnizar o similares (excepto lo de la subpartida 9603.30); almohadillas y rodillos, para pintar. La unidad de medida es la pieza.

Importadores y exportadores

Importadoras

Brochas y Productos, S.A. de C.V. Av. Manuel Ordoñes 405 Pte. Col. Centro, C.P. 66350 Santa Catarina, N.L.

Hardware Enterprises de México, S.A. de C.V. Vía José López Portillo 299 Col. Guadalupe Victoria, C.P. 55010 Ecatepec, Edo. de México.

Truper, S.A. de C.V. Calle D No. 31-A Col. Modelo Echegaray, C.P. 53330 Naucalpan, Edo. de México.

Exportadoras

Hebei Qingyung Yongtaishing Bristle Making Co. Ltd. Quingyuan Baoding City Hebei P.R. China 071100

Hunan Xinyu Native Produce and Animal by Products Import and Export Co., Ltd. 183, Yuanda Road, 1St, Changsha, China.

Shandong Oriental International Trading Corp. Ltd. 17-21 /f Shandong International Trade Mansion 51 Taiping Road, Qindao China P.C. 266002

Zhenjiag Jinxing Brush Products, Co. Ltd. Xinfeng Town, Dantu Zhenjiang Jiangsu P.R. China

Prevención

7. Brochas Perfect y Brochas Tijuana comparecieron para dar respuesta a la prevención formulada por la Secretaría mediante oficio UPCI.310.06.2719 del 12 de julio de 2006, conforme a lo dispuesto en los artículos 52 fracción II de la LCE y 78 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo RLCE.

Protección de la información confidencial

8. La Secretaría no puede revelar públicamente la información presentada por las partes interesadas con carácter confidencial, así como la información que ella misma se allegó con tal carácter, de conformidad con lo establecido en los artículos 80 de la LCE, 158 del RLCE y 6.5 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, en lo sucesivo Acuerdo Antidumping. No obstante lo anterior, las partes interesadas podrán solicitar el acceso a la información confidencial siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 158, 159 y 160 del RLCE.

Argumentos y medios de prueba

9. Con el propósito de acreditar la existencia de la práctica desleal en su modalidad de discriminación de precios, Brochas Perfect y Brochas Tijuana argumentaron y presentaron lo siguiente:

Precio de exportación

A. Para acreditar el precio de exportación las solicitantes presentaron copias de pedimentos de importación con sus respectivas facturas de operaciones realizadas por Brochas Perfect, en el periodo propuesto como investigado. Asimismo, manifestaron que solicitaron a la Administración General de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en lo sucesivo SHCP, a través de la Cámara Nacional de la Transformación, A.C., en adelante CANACINTRA, una muestra de pedimentos y facturas de importaciones efectuadas por otras empresas importadoras, durante 2005. Al respecto, aclararon que la SHCP informó que dicha información se la entregaría directamente a la Secretaría.

B. De las dos empresas solicitantes, sólo Brochas Perfect importó el producto investigado durante el periodo de investigación. Del total de sus importaciones, aproximadamente el 95 por ciento correspondió a productos con mango de madera (sic) y sólo el 5 por ciento restante a mangos de madera, cuyos modelos son: a. Modelos con mango de plástico series 392, 400, 401, 500, mamey profesional, mamey económica, punta verde y nylon (brochas de filamento sintético); y b. los modelos con mango de madera brochas superfinas y por única vez un lote de brocha nueva crema y negro.

C. De las bases de datos que contienen las operaciones de importación efectuadas durante el periodo analizado, se eliminaron las operaciones de las siguientes empresas: Grasas el Oso, S.A. de C.V., en lo sucesivo Grasas el Oso, en virtud de que durante el periodo investigado importó brochuelos para la aplicación de tinta para calzado; Bimbo, S.A. de C.V., en adelante Bimbo, toda vez que no efectúa operaciones de importación de este tipo de materiales. Adicionalmente se debe tomar en cuenta que dado el volumen tan bajo de importación de esta empresa, el mismo no tiene efecto alguno en la evolución de las importaciones durante el periodo investigado; Hardware Enterprises de México, S.A. de C.V., en lo sucesivo Hardware Enterprises, sus operaciones no fueron originarias de la República Popular China; Reckitt Benckinser México, S.A. de C.V., en adelante Reckitt Benckinser, la cual es la importadora del producto denominado Easyoff, que se vende acompañado de un brochuelo que se utiliza para la aplicación del producto, y, Servicios Home Depot, S.A. de C.V., en lo sucesivo Servicios Home Depot, ya que las brochas que importa provienen únicamente de...

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