Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de cadena de acero de eslabones soldados, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 7315.82.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Fecha de disposición08 Julio 2013
Fecha de publicación08 Julio 2013
MateriaDerecho Fiscal
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DECLARA EL INICIO DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE CADENA DE ACERO DE ESLABONES SOLDADOS, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LA FRACCIÓN ARANCELARIA 7315.82.02 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo E.C. 13/13 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

  1. Resolución definitiva

    1. El 17 de julio de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de cadena de acero de eslabones soldados, originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final").

    2. La Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de $0.72 dólares de los Estados Unidos de América (dólares) por kilogramo a las importaciones definitivas y temporales, incluidas las que ingresen al amparo de la regla octava de las complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

  2. Examen de vigencia previo

    1. El 5 de enero de 2010 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó modificar la cuota compensatoria de 0.72 a 0.50 dólares por kilogramo y mantenerla por cinco años más.

  3. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 26 de noviembre de 2012 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias. Por este medio se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada una, salvo que un productor nacional interesado manifestara por escrito su interés de que se iniciara un procedimiento de examen. El listado incluyó la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de cadena de acero de eslabones soldados, originarias de China, objeto de este procedimiento.

  4. Manifestación de interés

    1. El 11 y 12 de junio de 2013, Deacero, S.A. de C.V. ("Deacero") e Industrial de Alambres, S.A. de C.V. ("Industrial de Alambres"), respectivamente, manifestaron su interés en que la Secretaría inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria. Propusieron como periodo de examen el comprendido del 1 de abril de 2012 al 31 de marzo de 2013.

    2. El 18 de junio de 2013, Deacero e Industrial de Alambres, en respuesta al requerimiento que les formuló la Secretaría, acreditaron su calidad de productores nacionales con escritos de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (CANACERO) y de la Asociación Nacional de Transformadores de Acero, A.C., respectivamente.

    3. Deacero es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad consiste, entre otros, en la producción, transformación, terminación, distribución y comercio de productos siderúrgicos primarios, semiterminados y terminados y/o artículos, maquinaria, herramientas o accesorios fabricados total o parcialmente con fierro o acero, que incluye a la cadena de acero de eslabones soldados.

    4. Industrial de Alambres es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad consiste, entre otros, en la compraventa, fabricación, distribución y comercialización en general de toda clase de alambres de acero pulido, galvanizado o con cualquier tipo de recubrimiento tanto electrolítico como...

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