Oficio mediante el cual se autoriza a Caja Popular Lagunillas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo
Fecha de disposición | 05 Diciembre 2013 |
Fecha de publicación | 05 Diciembre 2013 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares.- Dirección General de Supervisión de Cooperativas de Ahorro y Préstamo A.- Oficio Núm.: 210-27819/2013 y 120-135/2013.- CNBV.311.311.16 (7823) "2013-10-14" .
Asunto: Se autoriza a Caja Popular Lagunillas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., a continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo.
Comité de Supervisión Auxiliar del Fondo de
Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de
Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores
Blvd. Adolfo López Mateos No. 2607, interior 3,
Col. Guadalupe, C.P. 37280, León, Gto.
Caja Popular Lagunillas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
Nicolás Bravo N° 335, Col. Centro, C.P. 58450,
Lagunillas, Michoacán.
At'n.: L.A.E. Jorge Valle Pérez
Presidente del Comité de Supervisión Auxiliar
C.P. Miguel Navarro Álvarez
Representante legal de la Sociedad
La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada el 1 de octubre de 2013, en atención a la solicitud de ese Comité de Supervisión Auxiliar, contenida en el escrito recibido el 21 de diciembre de 2012, por el cual en nombre de la sociedad denominada Caja Popular Lagunillas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. (Sociedad), solicita la autorización de esta Comisión para que dicha sociedad continúe realizando operaciones de ahorro y préstamo como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, con fundamento en los artículos 10 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 2, 4, fracción XI y 12, fracción V de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 1, 3, fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó lo que a continuación se transcribe en lo conducente de la certificación expedida por su secretario:
"SÉPTIMO.- Los integrantes de la Junta de Gobierno, tomando en consideración la opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, autorizaron por unanimidad a:...Caja Popular Lagunillas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., que continúen realizando operaciones de ahorro y préstamo con un nivel de operaciones III, bajo su misma denominación, en términos de la Ley para Regular...
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