Decreto por el que se reforma el punto 1 del artículo 3o. del Decreto por el que se convoca a las Cámaras del H. Congreso de la Unión, al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura, publicado el 18 de diciembre de 2003

EmisorSecretaría de Gobernación

DECRETO por el que se reforma el punto 1 del artículo 3o. del Decreto por el que se convoca a las Cámaras del H. Congreso de la Unión, al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura, publicado el 18 de diciembre de 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 67, 74, fracción IV, y 78, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, numeral 4, 116 y 117, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 27, 28 y 35 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, D E C R E T A:

ARTICULO UNICO

Se reforma el punto 1 del artículo 3o. del Decreto por el que se convoca a las Cámaras del H. Congreso de la Unión, al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2003, para quedar como sigue:

Artículo 3o

Este periodo de sesiones extraordinarias tiene por objeto que las Cámaras del H. Congreso de la Unión, en el ámbito de sus respectivas competencias, desahoguen los siguientes asuntos:

  1. Disposiciones de carácter fiscal, tributario y financiero.

Del 2 al 21.

TRANSITORIO

UNICO. Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SALON DE SESIONES DE LA COMISION PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION.- México, D.F., a 23 diciembre de 2003.- Juan de Dios Castro Lozano, Diputado Presidente.- Arely Madrid Tovilla, Senadora Secretaria.- Víctor Manuel Camacho Solís, Diputado Secretario.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de diciembre...

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