Reglas de Operación para la asignación del subsidio canalizado a través del Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM) para el ejercicio fiscal 2011 (Continúa en la Novena Sección)

Fecha de disposición29 Diciembre 2010
Fecha de publicación29 Diciembre 2010
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónOCTAVA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 32 de la Ley de Planeación; 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181 y 217 del Reglamento de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, 4, 5, fracción XVI y 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 30 y 31 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y el Programa Sectorial de Economía 2007-2012 señalan, entre sus objetivos, el de alcanzar un crecimiento económico sostenido y acelerado que permita la generación de empleos para que todos los mexicanos, especialmente aquellos que viven en la pobreza, aspiren a tener un ingreso digno y a mejorar su calidad de vida;

Que el Gobierno Federal en su interés de hacer realidad la Visión México 2030, de propiciar la igualdad de oportunidades para la población menos favorecida y de eliminar el círculo vicioso de pobreza en el que están atrapados hombres y mujeres que habitan en comunidades apartadas y aisladas de los grandes centros urbanos, decide implementar una política de microfinanzas que permita atacar estos problemas facilitando a la población de bajos ingresos el acceso al crédito y otros servicios necesarios para llevar a cabo actividades productivas que mejoren sus niveles de ingreso;

Que tal y como se establece en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, el sistema financiero tiene una importancia central en el establecimiento de condiciones para que los emprendedores mexicanos traduzcan su capacidad e iniciativa en negocios rentables que mejoren su ingreso;

Que el Gobierno Federal impulsa estrategias orientadas a lograr que la población de bajos ingresos, que tradicionalmente ha enfrentado dificultades para tener acceso a los servicios financieros, tenga acceso a los recursos financieros necesarios para llevar a cabo proyectos productivos y emprendimientos en el medio urbano y rural;

Que las microfinanzas constituyen una de las estrategias que permitirá al Gobierno Federal lograr que cada mexicano, sin importar su lugar de origen, su género o su nivel de ingreso tenga acceso a oportunidades de desarrollo;

Que para alcanzar los objetivos mencionados, el Gobierno Federal ha instrumentado diversos programas de apoyo a las iniciativas productivas y a los emprendimientos de la población de escasos recursos, entre los cuales se encuentra el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM);

Que con objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, el Presupuesto de Egresos de la Federación establece que los programas a los que hace referencia se sujetarán a Reglas de Operación, mismas que deberán ser emitidas por las dependencias de la Administración Pública Federal, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, incluyéndose dentro de dichos programas al PRONAFIM;

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que las dependencias al emitir las reglas o modificaciones respectivas deberán observar los criterios generales que establezcan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como aquellos que emita la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y

Que derivado de la operación del PRONAFIM durante el año 2010, se detectaron aspectos nuevos a incluir así como modificaciones a sus Reglas de Operación, que contribuirán a otorgar servicios integrales de microfinanzas y de desarrollo a la POBLACION OBJETIVO de manera eficiente y oportuna en beneficio de las personas de bajos ingresos, se expide el siguiente

Acuerdo

UNICO.- Se dan a conocerlas Reglas de Operación para la asignación del subsidio canalizado a través del Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM) para el Ejercicio Fiscal 2011.

REGLAS DE OPERACION PARA LA ASIGNACION DEL SUBSIDIO CANALIZADO A TRAVES DEL FIDEICOMISO DEL PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO AL MICROEMPRESARIO (PRONAFIM) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011

CONTENIDO

  1. Presentación

    Misión

    Visión

  2. Glosario de Términos

  3. Objetivos Generales

  4. Objetivos Específicos

  5. Cobertura

  6. Criterios de Selección y de Elegibilidad de los SUJETOS DE APOYO

  7. Tipos de Apoyos y Condiciones Generales

  8. Consideraciones Generales de los Apoyos

  9. Reconocimientos Instituidos por el PRONAFIM

  10. Presupuesto destinado a PRONAFIM

  11. Derechos de los SUJETOS DE APOYO

  12. Obligaciones de los SUJETOS DE APOYO

  13. Transparencia en la Selección de los SUJETOS DE APOYO

  14. Transparencia y Rendición de Cuentas

  15. Coordinación de Acciones

  16. Sistema de Quejas y Denuncias para la Ciudadanía y para los Servidores Públicos

TRANSITORIOS

ANEXOS

  1. PRESENTACION

    El 26 de febrero del año 2007, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario se adscribió a la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía.

    El Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario a través de su Fideicomiso, que está especializado en microfinanzas urbanas y rurales para la población de bajos ingresos, con independencia de su género, origen u otra característica propia de su identidad, que no cuentan con acceso al financiamiento de la banca tradicional, lleva a cabo una serie de estrategias conducentes al desarrollo de los niveles de ingresos de las familias así como de sus capacidades emprendedoras por medio del otorgamiento de:

    1. Microcréditos a los hombres y mujeres de bajos ingresos de poblaciones urbanas y rurales, a través de créditos a INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO e INTERMEDIARIOS y de APOYOS NO CREDITICIOS a estas mismas Instituciones para la apertura de centros de atención que amplíen la cobertura del Programa mediante el otorgamiento de microcréditos en más municipios y localidades, así como para un esquema de garantías;

    2. APOYOS NO CREDITICIOS a INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO para la capacitación al microempresario;

    3. APOYOS NO CREDITICIOS, parciales y temporales para el fortalecimiento de las INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO e INTERMEDIARIOS por medio de la capacitación y la asistencia técnica, y

    4. APOYOS NO CREDITICIOS para ORGANIZACIONES destinados a la difusión, promoción y operación de esquemas de microseguros, de capacitación al microempresario, de fomento para la transferencia de tecnologías y para INCUBACION de microempresas para la población de bajos ingresos.

    Estas estrategias de desarrollo productivo parten de reconocer las desventajas en que coloca la desigualdad y la exclusión a amplios sectores de la población, por lo que el PRONAFIM responde con acciones específicas que, en materia de desarrollo e inclusión social, se vinculan con los intereses del Ejecutivo Federal, apoyando a hombres y mujeres de bajos ingresos a través de la consolidación de INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO, INTERMEDIARIOS y ORGANIZACIONES.

    Misión

    Que la población de bajos ingresos cuente con servicios integrales de microfinanzas para el apoyo de sus actividades productivas y para mejorar sus condiciones de vida.

    Visión

    Que la población de bajos ingresos mejore sus condiciones de vida motivado por el acceso a servicios integrales de microfinanzas.

  2. GLOSARIO DE TERMINOS

    ACREDITADA: Todas aquellas figuras definidas en la Regla 6.1. del presente instrumento, que cumplan con lo establecido en dicha Regla y que cuenten con una línea de crédito vigente con el FINAFIM;

    APOYOS CREDITICIOS: En el ámbito de las presentes Reglas de Operación son los apoyos en concepto de crédito otorgados por el FINAFIM exclusivamente a las INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO e INTERMEDIARIOS elegibles conforme a las presentes REGLAS. El destino así como las condiciones sobre la tasa, el monto y el plazo de estos APOYOS CREDITICIOS son revisados anualmente y sometidos a la consideración y autorización, en su caso, del COMITE TECNICO del FINAFIM;

    APOYOS NO CREDITICIOS: En el ámbito de las presentes Reglas de Operación son los apoyos en concepto de subsidio, también conocido en las presentes REGLAS como apoyo no recuperable, otorgados por el FINAFIM a las INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO, INTERMEDIARIOS y ORGANIZACIONES, elegibles conforme a las presentes REGLAS. Estos apoyos son parciales porque no subsidian la totalidad de la operación a la que son destinados y temporales porque se otorgan para el subsidio de una actividad que tiene un inicio y final establecido en el tiempo. El destino así como las condiciones de estos APOYOS NO CREDITICIOS y sus montos son revisados anualmente y sometidos a la consideración y autorización, en su caso, del COMITE TECNICO del FINAFIM;

    CAPACITADOR: Personal de la Institución de Microfinanciamiento u...

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