Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, publicadas el 27 de abril de 2007 (Continúa de la Primera Sección)   

Fecha de disposición27 Abril 2007
Fecha de publicación16 Mayo 2007
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo
ANEXO 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, publicadas el 27 de abril de 2007 (Continúa de la Primera Sección)

(Viene de la página 18 de la Primera Sección)

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL AVISO

El encabezado principal deberá asentarse en la primera página de todo aviso.

AVISO DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS SUJETAS AL REGIMEN DE DEPOSITO FISCAL DE DUTY FREE Folio del aviso
RFC de la empresa Denominación o razón social Número de autorización
Medio de transporte Identificación del transporte Fecha de elaboración del aviso
Datos del establecimiento autorizado que transfiere las mercancías
Domicilio Número de autorización
Datos del establecimiento autorizado que recibe las mercancías
Domicilio Número de autorización
Observaciones
BLOQUE DE MERCANCIAS

Se deberá imprimir este bloque en la primera página y en todas las páginas subsecuentes en las que se declare información de mercancías.

Datos de las mercancías que se transfieren
Secuencia Fracción arancelaria Código de producto Unidad de medida Cantidad Valor
Descripción comercial de la mercancía
ENCABEZADO PARA PAGINAS SECUNDARIAS DEL AVISO
AVISO DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS SUJETAS AL REGIMEN DE DEPOSITO FISCAL DE DUTY FREE Folio del aviso
RFC de la empresa Denominación o razón social Número de autorización

INSTRUCTIVO DE LLENADO PARA EL AVISO DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS SUJETAS AL REGIMEN DE DEPOSITO FISCAL DE DUTY FREE

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL AVISO
Campo Contenido
1. Folio del aviso. Número de folio del aviso, integrado por: 1. El primer dígito deberá de ser el último dígito del año de la operación. 2. Número consecutivo anual generado por la empresa autorizada a destinar mercancía a deposito fiscal para exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura (En adelante empresa autorizada).
2. RFC de la empresa. Registro Federal de Contribuyentes de la empresa autorizada.
3. Denominación o razón social. Denominación o razón social de la empresa autorizada.
4. Número de autorización. Número de autorización que la Administración General de Aduanas otorga a la empresa autorizada.
5. Medio de transporte. Indicar el tipo de medio de transporte en el que se conduce la mercancía, conforme al apéndice 3 del anexo 22 de la presente resolución.
6. Identificación del transporte. Identificación del transporte en el que se conduce la mercancía. Si el medio de trasporte es vehículo terrestre se anotarán las placas de circulación del mismo, marca y modelo. Si es ferrocarril se anotará el número de furgón o plataforma. Tratándose de transporte marítimo se anotará el nombre de la embarcación.
7. Fecha de elaboración del aviso. Fecha de elaboración del aviso.
8. Domicilio del establecimiento autorizado que transfiere las mercancías. Domicilio del establecimiento autorizado que transfiere las mercancías.
9. Número de autorización del establecimiento autorizado que transfiere las mercancías. Número de autorización que la Administración General de Aduanas otorga al establecimiento autorizado que transfiere las mercancías.
10. Domicilio del establecimiento autorizado que recibe las mercancías. Domicilio del establecimiento autorizado que recibe las mercancías.
11. Número de autorización del establecimiento autorizado que recibe las mercancías. Número de autorización que la Administración General de Aduanas otorga al establecimiento autorizado que recibe las mercancías.
12. Observaciones. Observaciones. No deberán declararse datos ya citados en el aviso.
BLOQUE DE MERCANCIAS
1. Secuencia. Número de la secuencia de la mercancía en el aviso.
2. Fracción arancelaria. Fracción arancelaria aplicable a la mercancía según corresponda, conforme a la TIGIE.
3. Código de producto. Tipo de producto en que se clasifica la mercancía, conforme al sistema de control de inventarios de la empresa autorizada.
4. Unidad de medida. Unidad de medida de las mercancías conforme al apéndice 7 del anexo 22 de la presente Resolución.
5. Cantidad. Cantidad de mercancía conforme a la unidad de medida declarada en el punto anterior.
6. Valor. Valor comercial de la mercancía expresado en dólares de los Estados Unidos de América.
7. Descripción comercial de la mercancía. Descripción comercial de la mercancía.
ENCABEZADO PARA PAGINAS SECUNDARIAS DEL AVISO
1. Folio del aviso. Número de folio del aviso, integrado por: 1. El primer dígito deberá de ser el último dígito del año de la operación. 2. Número consecutivo anual generado por la empresa autorizada a destinar mercancía a depósito fiscal para exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura (En adelante empresa autorizada).
2. RFC. Registro Federal de Contribuyentes de la empresa autorizada.
3. Nombre, denominación o razón social. Nombre, denominación o razón social de la empresa autorizada.
4. Número de autorización. Número de autorización que la Administración General de Aduanas otorga a la empresa autorizada.

AVISO DE TRANSFERENCIA Y RECEPCION DE MERCANCIAS DE RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO. Folio del Aviso
RFC de la persona autorizada que transfiere Denominación o razón social de la persona autorizada que transfiere Tipo de Movimiento Fecha de Transferencia
RFC de la persona autorizada que recibe Denominación o razón social de la persona autorizada que recibe Clave del RFE que Recibe Clave de Autorización que Recibe
Peso Bruto Total de Bultos Certificación
Identificadores a Nivel Aviso
Identificador Complemento 1 Complemento 2
Observaciones Código de Barras
Transporte
Medio de transporte de Salida RFC Transportista Identificación
Mercancías
Sec Descripción
País de Origen/ Destino Unidad de Medida Cantidad Valor en Dólares Valor Comercial
Identificadores a nivel mercancía Identificadores a nivel mercancía
Identificador Complemento 1 Complemento 2 Identificador Complemento 1 Complemento 2
Datos de la persona que elabora el aviso Firma Electrónica Avanzada
Patente o Autorización Nombre CURP Número de Serie
INSTRUCTIVO DE LLENADO PARA EL AVISO DE TRANSFERENCIA Y RECEPCION DE MERCANCIAS DE RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO
ENCABEZADO DEL AVISO PARA LA PAGINA PRINCIPAL Y LAS PAGINAS SECUNDARIAS EN SU CASO
Campo Contenido
1. Folio del Aviso. El número asignado por la persona autorizada a destinar al régimen conforme al artículo 135-A de la Ley Aduanera, integrado con 18 caracteres que corresponden a: 3 dígitos, clave de la aduana/sección de despacho, conforme al apéndice 1 del anexo 22. 4 dígitos, folio del registro del Recinto Fiscalizado Estratégico. 4 dígitos, autorización de la persona moral autorizada a destinar al régimen. 1 dígito, debe corresponder al último digito del año en curso. 6 dígitos, los cuales serán numeración progresiva por Recinto Fiscalizado Estratégico, asignada por la persona autorizada a destinar al régimen. Dicha numeración deberá iniciar con 000001.
2. RFC de la persona autorizada que transfiere. RFC de la persona autorizada a destinar al régimen conforme al artículo 135-A de la Ley Aduanera, que transfiere la mercancía.
3. Denominación o razón social de la persona Autorizada que transfiere. Denominación o razón social de la persona autorizada a destinar al régimen conforme al artículo 135-A de la Ley Aduanera que transfiere la mercancía.
4. Tipo de Movimiento. TM - Transferencia de mercancía para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta y distribución. TT Transferencia de mercancía para ser objeto de elaboración, transformación o reparación. RM - Recepción de mercancía para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta y distribución. RT - Recepción de mercancía para ser objeto de elaboración, transformación o reparación.
5. Fecha de Transferencia. Fecha de la Transferencia.
DATOS GENERALES
6. RFC de la persona autorizada que recibe. RFC de la persona autorizada a destinar al régimen conforme al artículo 135-A de la Ley Aduanera, que recibe la mercancía.
7. Denominación o razón social de la persona Autorizada que recibe. Denominación o razón social de la persona autorizada a destinar al régimen conforme al artículo 135-A de la Ley Aduanera que recibe la mercancía.
8. Clave del RFE que Recibe. Clave de autorización asignada por la Administración General de Aduanas al Recinto Fiscalizado Estratégico
9. Clave de Autorización que Recibe. Clave de autorización asignada por la Administración General de Aduanas a la persona autorizada a destinar las mercancías al Régimen de Recintos Fiscalizados Estratégicos conforme al artículo 135-A de la Ley Aduanera, que recibe la mercancía.
10. Peso Bruto. Cantidad en kilogramos, del peso bruto total de la mercancía.
11. Total de bultos. Total de bultos que contienen las mercancías amparadas por el aviso.
12. Código de Barras. Se asentará el código de barras impreso por el agente o apoderado aduanal, conforme a lo siguiente: · 18 dígitos del folio del aviso: 3 dígitos, de la aduana/sección de despacho. 4 dígitos, folio del registro de Recinto Fiscalizado Estratégico. 4 dígitos, autorización de la persona moral autorizada a destinar al régimen. 1 dígito, debe corresponder al último digito del año en curso. 6 dígitos, los cuales serán numeración progresiva por Recinto Fiscalizado Estratégico, asignada por la persona autorizada a destinar al régimen. Dicha numeración deberá iniciar con 000001. · Acuse de validación generado por el SAAI Después de cada campo, incluyendo el último, se deberán presentar los caracteres de control, carriage return y line feed.
IDENTIFICADORES A NIVEL AVISO
13. Clave del identificador. Clave que define el identificador
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