Decreto por el que se declara área natural protegida con la categoría de reserva de la biosfera, la región denominada Isla San Pedro Mártir, ubicada en el Golfo de California, frente a las costas del Municipio de Hermosillo, Estado de Sonora, con una superficie total de 30,165-23-76.165 hectáreas. (Segunda publicación

Fecha de disposición29 Julio 2003
Fecha de publicación29 Julio 2003
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se declara área natural protegida con la categoría de reserva de la biosfera, la región denominada Isla San Pedro Mártir, ubicada en el Golfo de California, frente a las costas del Municipio de Hermosillo, Estado de Sonora, con una superficie total de 30,165-23-76.165 hectáreas. (Segunda publicación)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 27 párrafo tercero, de la propia Constitución; 2o. fracciones II y III, 5o. fracción VIII, 6o., 44, 45, 46 fracción I, 47, 48, 49, 57, 58, 60, 61, 62, 63, 64, 64 Bis, 65, 66, 67, 74, 75 y 81 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 2o. y 32 Bis de la Ley Forestal; 4o., 5o. fracción I, 9o. fracción II y 71 de la Ley General de Vida Silvestre; 6o., 18, 21 y 22 de la Ley Federal del Mar; 2o. fracciones VIII, IX y XI de la Ley Orgánica de la Armada de México; 5o., 6o. fracción IV, 7o. fracciones II y IV, 38 fracciones I, II y III, 85 y 86 de la Ley de Aguas Nacionales; 3o., 6o. fracción I, 7o. fracción VII de la Ley de Navegación; 2o., 3o. fracciones V y VI de la Ley de Pesca; 27, 30, 32 bis y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, expedido por el Ejecutivo Federal, establece que el desarrollo social y humano armónico con la naturaleza, implica fortalecer la cultura de cuidado del medio ambiente, para no comprometer el futuro de las nuevas generaciones, así como estimular la conciencia de la relación entre el bienestar y el desarrollo en equilibrio con la naturaleza; señalando como estrategia, entre otras, la de alcanzar la protección y conservación de los ecosistemas más representativos del país y su diversidad biológica;

Que los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas, así como la diversidad genética de las especies silvestres, conforman el patrimonio natural que el Estado tiene el deber de proteger para beneficio de los mexicanos, ya que su aprovechamiento sustentable y su conservación hacen posible la supervivencia de los grupos humanos;

Que el desarrollo de actividades productivas y de servicios que se ha realizado en las últimas décadas en la región a que se refiere este Decreto, han ocasionado daños a algunos ecosistemas y ha dado lugar a que numerosas especies estén en peligro de desaparecer;

Que las reservas de la biosfera son áreas biogeográficas relevantes a nivel nacional, en las que existen varios ecosistemas no alterados significativamente por la acción del hombre, en donde habitan especies representativas de la biodiversidad nacional, incluidas algunas consideradas como endémicas, amenazadas y en peligro de extinción;

Que el área conocida como Isla San Pedro Mártir, localizada en la porción media del Golfo de California, es considerada como uno de los sitios mejor conservados y la más oceánica de las islas que conforman el archipiélago del Golfo de California, ya que se localiza a 55 kilómetros de Punta Kino, Sonora, a 64 kilómetros de Punta San Gabriel, Baja California, y a una distancia de 61 kilómetros del puerto de Bahía Kino, Sonora;

Que la zona conocida como Isla San Pedro Mártir, con riqueza y abundancia de recursos bióticos, ya que registra en su porción terrestre 27 especies de plantas y 53 de aves, y en la zona costera-marina 36 especies de aves marinas, 68 de peces y 9 de mamíferos marinos. Las dos especies de lagartijas que habitan en la isla y la de serpiente de cascabel son endémicas, mientras que la culebra emperador negra tiene una distribución restringida a sólo algunas de las islas del Golfo; del total de la fauna existente en la zona, 35 especies están sujetas a alguna categoría de protección;

Que la gran riqueza biológica que se encuentra en las aguas aledañas a la isla, su aislamiento y la carencia de depredadores mayores, han convertido a esta zona en un sitio ideal para la anidación de ocho especies de aves marinas. La colonia más grande del mundo del pájaro bobo de patas azules, es la más grande de México, y una de las más grandes del orbe de bobo de patas cafés, una de las más grandes de México de pelícano café y probablemente la más grande del Golfo de California de rabijunco de pico rojo. También cuenta con la anidación del alca de Craveri y el petrel negro;

Que en la Isla San Pedro Mártir se encuentra además la tercera colonia más grande del Golfo de California de lobo marino. En las aguas adyacentes a la ínsula existen nueve especies de mamíferos marinos como la ballena de aleta, la ballena de bryde o rorcual tropical, el delfín común, el delfín nariz de botella, el bufeo, la ballena piloto y el cachalote, enlistadas bajo alguna categoría de protección en la NOM-059-ECOL-2001;

Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en coordinación con la Secretaría de Marina y con la participación de Comunidad y Biodiversidad, A.C. y el Fondo Mundial para la Naturaleza -WWF-, la comunidad, y los sectores social y privado, así como de instituciones científicas, realizaron estudios e investigaciones respecto a lo señalado en el considerando anterior, desprendiéndose que sus ecosistemas no se encuentran significativamente alterados, además de caracterizarse por su gran riqueza y fragilidad, y por contener muestras representativas de los ecosistemas originales, razón por la que se considera que se reúnen los requisitos necesarios para declarar dicha región como área natural protegida con la categoría de reserva de la biosfera;

Que los estudios a que se refiere el considerando anterior estuvieron a disposición del público, según aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre del año 2000, y que las personas interesadas emitieron en su oportunidad opinión favorable para el establecimiento de dicha área, y

Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ha propuesto al Ejecutivo Federal a mi cargo, declarar a la región conocida como Isla San Pedro Mártir, que se ubica en el Golfo de California, como área natural protegida con la categoría de reserva de la biosfera, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO

Se declara área natural protegida, con la categoría de reserva de la biosfera, la región denominada Isla San Pedro Mártir, ubicada en el Golfo de California, frente a las costas del Municipio de Hermosillo, Estado de Sonora, con una superficie total de 30,165-23-76.165 hectáreas (TREINTA MIL CIENTO SESENTA Y CINCO HECTÁREAS, VEINTITRÉS ÁREAS, SETENTA Y SEIS PUNTO CIENTO SESENTA Y CINCO CENTIÁREAS), dentro de la cual se ubica una zona núcleo con una superficie total de 1,110-73-23.715 hectáreas (UN MIL CIENTO DIEZ HECTÁREAS, SETENTA Y TRES ÁREAS, VEINTITRÉS PUNTO SETECIENTAS QUINCE CENTIÁREAS), con su respectiva zona de amortiguamiento con una superficie total de 29,074-50-52.450 hectáreas (VEINTINUEVE MIL SETENTA Y CUATRO HECTÁREAS, CINCUENTA ÁREAS, CINCUENTA Y DOS PUNTO CUATROCIENTOS CINCUENTA CENTIÁREAS); cuya descripción limítrofe analítico topo-hidrográfica es la siguiente:

DESCRIPCIÓN LIMÍTROFE DEL POLÍGONO GENERAL DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA ISLA SAN PEDRO MARTIR, UBICADA EN EL GOLFO DE CALIFORNIA SUPERFICIE DE 30,165-23-76.165 Ha.

El polígono inicia en el vértice 1 de coordenadas 28°28 00 Lat. N; 112°23 30 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo ESTE FRANCO y una distancia de 16,320.81 m se llega al vértice 2 de coordenadas 28°28 00 Lat. N; 112°13 30 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo SUR FRANCO y una distancia de 18,467.74 m se llega al vértice 3 de coordenadas 28°18 00 Lat. N; 112°13 30 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo OESTE FRANCO y una distancia de 16,346.36 m se llega al vértice 4 de coordenadas 28°18 00 Lat. N; 112°23 30 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo NORTE FRANCO y una distancia de 18,468.70 m se llega al vértice 1 donde se cierra la poligonal con una superficie de 30,165-23-76.165 Ha.

ZONA NÚCLEO SUPERFICIE DE 1,110-73-23.715 Ha.

El polígono inicia en el vértice 1 de coordenadas 28°23 28.01 Lat. N; 112°18 25.28 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo S 72°31 55 E y una distancia de 37.47 m se llega al vértice 2 de coordenadas 28°23 27.66 Lat. N; 112°18 23.96 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo S 46°39 57 E y una distancia de 83.42 m se llega al vértice 3 de coordenadas 28°23 25.82 Lat. N; 112°18 21.71 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo N 75°12 33 E y una distancia de 55.81 m se llega al vértice 4 de coordenadas 28°23 26.30 Lat. N; 112°18 19.73 Long. W; partiendo de este punto con un rumbo S 17°52 30 E y una distancia de 91.93 m se llega al vértice 5 de coordenadas 28°23 23.47 Lat. N...

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