Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 150-02-59.46 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Chamacuero, Municipio de Teocuitatlán de Corona, Jal. (Reg.- 1049

Fecha de disposición03 Marzo 2000
Fecha de publicación03 Marzo 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 150-02-59.46 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Chamacuero, Municipio de Teocuitatlán de Corona, Jal. (Reg.- 1049)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción V, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 61, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que desde hace 55 años aproximadamente un grupo de campesinos provenientes del poblado EL ZAPOTE , ubicado en el Municipio de Teocuitatlán de Corona, Estado de Jalisco, ha venido ocupando y explotando en actividades agropecuarias de manera continua y sin autorización una superficie de tierras ejidales propiedad del ejido CHAMACUERO del mismo municipio y estado, por lo que se ha generado un conflicto entre dicho grupo y el ejido en comento, que la asamblea general de ejidatarios del núcleo ejidal CHAMACUERO , mediante acta de fecha 11 de octubre de 1998, reconoció y expresó su voluntad para que se regularice, por la vía expropiatoria, la superficie que detentan los campesinos del poblado de referencia.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio sin número de fecha 2 de febrero de 1999, el Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural y el Oficial Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria solicitaron al titular de la propia Dependencia la expropiación de una superficie de 150-02-59.46 Has., de terrenos del ejido denominado CHAMACUERO , Municipio de Teocuitatlán de Corona del Estado de Jalisco, para destinarlos a la regularización de la tenencia de la tierra rural en favor del grupo de campesinos provenientes del poblado EL ZAPOTE que la viene poseyendo y resolver el conflicto referido en el resultando anterior. Dicha solicitud de expropiación se funda en lo establecido en los artículos 93, fracción V y 94 de la Ley Agraria, comprometiéndose la propia Secretaría al pago de la indemnización correspondiente.

Iniciado el procedimiento respectivo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe...

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