Circular 05/2018 dirigida a los participantes del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios y demás interesados en actuar con tal carácter, relativo a la Reforma a las reglas del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), en materia de tiempos de acreditación de transferencias recibidas por los participantes.

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A LOS PARTICIPANTES DEL SISTEMA DE PAGOS ELECTRÓNICOS INTERBANCARIOS Y DEMÁS INTERESADOS EN ACTUAR CON TAL CARÁCTER:
ASUNTO:
REFORMA A LAS REGLAS DEL SISTEMA DE PAGOS ELECTRÓNICOS INTERBANCARIOS (SPEI), EN MATERIA DE TIEMPOS DE ACREDITACIÓN DE TRANSFERENCIAS RECIBIDAS POR LOS PARTICIPANTES.

El Banco de México, en su carácter de administrador del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), con el propósito de continuar propiciando el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y el sano desarrollo del sistema financiero, así como la protección de los intereses del público, ha considerado necesario prever la ejecución de mecanismos de control de riesgos que puedan llevar a cabo los participantes en el SPEI, ante la realización de eventos de contingencia que permitan reducir la probabilidad de que se acrediten en cuentas beneficiarias recursos derivados de transferencias de fondos no autorizadas legítimamente, con el fin de fortalecer los objetivos apuntados por las reglas de dicho sistema de pagos emitidas mediante la Circular 14/2017, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 4 de julio de 2017, consistentes en robustecer la seguridad de los participantes en el SPEI, de forma integral, así como de promover mayores beneficios a la población en general, al permitir la inclusión al SPEI de nuevos proveedores de servicios de pagos y generar condiciones apropiadas para que se dé un ambiente de competencia y control de riesgos adecuado que brinde certeza y confianza tanto a los participantes, como a los usuarios.

Por lo anterior, el Banco de México, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, fracciones I, IV y VIII, y 6, de la Ley de Sistemas de Pagos, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 17, fracción I, y 20, fracción XI, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección de Disposiciones de Banca Central y de la Dirección de Sistemas de...

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