Circular 12/2019 dirigida a las Instituciones de Crédito, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, así como a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con Instituciones de Crédito relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (Instrumentación de Transferencias CoDi).

EdiciónMatutina
EmisorBanco de México

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata". CIRCULAR 12/2019

A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, ASÍ COMO A LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS QUE MANTENGAN VÍNCULOS PATRIMONIALES CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO:
ASUNTO:
MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 3/2012 (INSTRUMENTACIÓN DE TRANSFERENCIAS CODI)

El Banco de México, mediante la Circular 8/2019 publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de mayo de 2019, efectuó modificaciones a las Reglas del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), emitidas originalmente mediante la Circular 14/2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio de 2017. Dichas modificaciones tuvieron como fin implementar, por medio del sistema indicado, la plataforma electrónica denominada "Cobro Digital" (CoDi). Esta permitirá a los clientes de las entidades participantes en dicho sistema realizar pagos electrónicos mediante un esquema en que el pago es solicitado, por quien sería el receptor de los fondos, desde un dispositivo móvil o desde internet y el emisor del pago lo autoriza desde su propio dispositivo. De esta forma, se busca que la plataforma CoDi proporcione un medio de pago seguro y eficiente a los pequeños comercios, a los comercios electrónicos, a los proveedores de servicios y al público en general para realizar cobros con las ventajas de seguridad y eficiencia de las transferencias electrónicas.

Asimismo, considerando que mediante la Circular 9/2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio de 2019, se incluyeron en la Circular 3/2012 diversos supuestos normativos en relación con reportos con BREMS para sobregiros en la Cuenta Única y mitigación de riesgos en operaciones de financiamiento, se considera conveniente reflejar tales cambios en el índice de la referida Circular 3/2012.

A este respecto, el Banco Central, con el propósito de continuar propiciando el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, así como de promover el sano desarrollo del sistema financiero y proteger los intereses del público, ha determinado necesario realizar modificaciones a las "Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero", emitidas mediante la Circular 3/2012, con el fin de que las instituciones de crédito puedan llevar a cabo las operaciones que estén facultadas a realizar de conformidad con dichas disposiciones de manera que permitan la realización de aquellas operaciones de pago referidas a esquemas como CoDi, mediante condiciones que brinden certeza y seguridad a las propias instituciones y sus clientes.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 y 26 de la Ley del Banco de México, 48 de la Ley de Instituciones de Crédito, 87-D, párrafo cuarto, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 12 Bis, párrafo primero, en relación con el 20 Quáter, fracción IV, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, 19 Bis, fracción V, 20 Quáter, fracción IV, y 25 Bis 1, fracción IV, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados, de la Dirección General Jurídica, de la Dirección de Operaciones Nacionales y de la Dirección de Regulación y Supervisión, respectivamente, así como Segundo, fracciones I, VI, X y XVII del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar el Índice y el artículo 129 Bis, párrafo segundo, adicionar las definiciones de "Mensaje de Cobro" y "Programa Informático" al artículo 2º, los artículos 17 Bis y 17 Ter, así como un Anexo 28, así como derogar el último párrafo del artículo 17, con sus respectivas fracciones, de las "Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero", contenidas en la Circular 3/

2012, para quedar en los términos siguientes:

DISPOSICIONES APLICABLES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS QUE MANTENGAN VÍNCULOS PATRIMONIALES CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO

ÍNDICE

...

TÍTULO SEGUNDO

OPERACIONES CON EL PÚBLICO

CAPÍTULO I

OPERACIONES PASIVAS

Sección I Operaciones pasivas en moneda nacional

...

Apartado B Depósitos a la vista

...

Artículo 17 Bis.- Transferencias electrónicas de fondos por aceptación de Mensajes de Cobro

Artículo 17 Ter.- Requisitos de las transferencias electrónicas de fondos

...

TÍTULO TERCERO Artículos 2 a 129.bis

OPERACIONES CON EL BANCO DE MÉXICO

CAPÍTULO I Artículos 2 a 129.bis

DEPÓSITOS EN EL BANCO DE MÉXICO

Sección I En moneda nacional (Cuenta Única) Artículos 2 a 129.bis

...

Artículo 115 Bis.- Características de los sobregiros en la Cuenta Única garantizados con el depósito de regulación monetaria

Artículo 115 Bis 1.- Contrato para la celebración de reportos para garantizar el sobregiro de la Cuenta Única

Artículo 115 Bis 2.- Características de los Reportos

Artículo 115 Bis 3.- Formalización de los reportos

Artículo 115 Bis 4.- Determinación de los depósitos en la cuenta de depósitos especiales para el sobregiro de la Cuenta Única

Artículo 115 Bis 5.- Características de los depósitos especiales

...

CAPÍTULO VIII

CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS ESPECIALES PARA LAS OPERACIONES CON EL BANCO DE MÉXICO

Artículo 195 Bis 3.- Obligación de constituir Garantías Especiales

Artículo 195 Bis 4.- Determinación del valor de las Garantías Especiales que deberá ser constituido por

las Instituciones

Artículo 195 Bis 5.- Constitución de las Garantías Especiales

Artículo 195 Bis 6.- Procedimiento de sustitución de Garantías Especiales

Artículo 195 Bis 7.- Retiro de Garantías Especiales en exceso

Artículo 195 Bis 8.- Abono de accesorios

Artículo 195 Bis 9.- Procedimiento por incumplimiento en entrega de Garantías Especiales

...

ANEXOS

...

Anexo 5 Modelo de solicitud de segregación de depósitos en Dólares a la cuenta de depósitos para garantías o garantías especiales

Anexo 5 Bis Modelo de solicitud de retiro de los depósitos en Dólares otorgados en garantía

Anexo 5 Bis 1 Modelo de solicitud para garantizar los sobregiros en la Cuenta Única, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I, del artículo 115 Bis de las Disposiciones aplicables a las Operaciones de las Instituciones de Crédito y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, emitidas por el Banco de México mediante Circular 3/2012

Anexo 5 Bis 2 Modelo de solicitud para la formalización de operaciones de reportos con el Banco de México, de conformidad con lo dispuesto en la fracción II del artículo 115 Bis, en el inciso ii), de la fracción III, del artículo 115 Bis 2 y en el artículo 115 Bis 3 de las Disposiciones aplicables a las Operaciones de las Instituciones de Crédito y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, emitidas por el Banco de México mediante Circular 3/2012

...

Anexo 12 Bis Comunicación a la Gerencia de Gestión de Operaciones para solicitar la constitución de garantías o garantías especiales mediante depósitos

Anexo 12 Bis 1 Comunicación a la Gerencia de Gestión de Operaciones para solicitar la sustitución de depósitos entregados en prenda o títulos entregados en prenda bursátil que constituyen las garantías especiales

Anexo 12 Bis 2 Comunicación a la Gerencia de Gestión de Operaciones para solicitar la devolución de garantías especiales en exceso constituidas con títulos

Anexo 12 Bis 3 Comunicación a la Gerencia de Gestión de Operaciones para solicitar la devolución de garantías especiales en exceso constituidas con depósitos

Anexo 12 Bis 4 Modelo de solicitud para transferir los títulos objeto de los reportos a que se refieren los artículos 156 y 189 de la Circular 3/2012 a la cuenta de depósito de valores que la institución para el depósito de valores lleve al Banco de México

Anexo 12 Bis 5 Comunicación a la Gerencia de Gestión de Operaciones para solicitar la constitución de garantías especiales con títulos

...

"Anexo 28 Solicitud para obtener la autorización a que se refiere el Artículo 17 Bis para recibir

instrucciones de transferencias electrónicas de fondos originadas por la aceptación de Mensajes de Cobro a través de programas distintos a los Programas Informáticos"

Definiciones

Artículo 2º

...

...
"Mensaje de Cobro:
a aquel mensaje procesado por medio de programas de cómputo del participante del sistema de pagos para transferencias electrónicas de fondos entre Cuentas de Depósitos a la vista, entre otras, que sea generado por el titular de la cuenta designada como la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR