Circular 20/2017, dirigida a las Instituciones de Crédito y Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las exenciones a la obligación de reporte de información a través de formularios por casos de fuerza mayor ocurridos el 19 de septiembre de 2017.

Fecha de disposición19 Septiembre 2017
Fecha de publicación25 Septiembre 2017
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. CIRCULAR 20/2017

A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO:

ASUNTO: EXENCIONES A LA OBLIGACIÓN DE REPORTE DE INFORMACIÓN A TRAVÉS DE FORMULARIOS POR CASOS DE FUERZA MAYOR OCURRIDOS EL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

El Banco de México, con el propósito de continuar propiciando el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y el sano desarrollo del sistema financiero, y a fin de dar certeza jurídica a las instituciones de crédito y a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (Instituciones), en el contexto de las diversas obligaciones de las Instituciones de presentar información al Banco de México a través de diversos formularios y, ante los casos de fuerza mayor que hayan resultado del sismo registrado en las entidades federativas de la zona centro del país el día 19 del mes en curso, el Banco de México ha resuelto que en el evento que las Instituciones hayan incumplido entre el 19 y el 22 de septiembre de 2017 con sus obligaciones de reporte de información al Banco de México exceptuando los formularios contenidos en el Anexo 1, no estarán sujetas a los procedimientos administrativos de imposición de sanción por parte del Banco de México, que resulten de tales incumplimientos de conformidad con las disposiciones respectivas. No obstante, las instituciones deberán realizar la actualización de la información faltante correspondiente a esas fechas el día 25 de septiembre.

Asimismo, el Banco de México hace de su conocimiento que para los formularios contenidos en el Anexo 1, las Instituciones deberán reportar de forma regular su información y, en caso de que alguna Institución se vea imposibilitada a realizar el referido envío por situaciones relacionadas con el sismo del 19 de septiembre pasado, es necesario que la Institución de que se trate notifique tal situación a la Dirección de Información del Sistema Financiero a los correos: agaytan@banxico.org.mx y mreyna@banxico.org.mx, lo anterior a efecto de que la Institución correspondiente esté exenta del inicio de un procedimiento administrativo de imposición de sanción con motivo de tal omisión. Sin perjuicio de lo anterior, la Institución de que se trate, deberá realizar el envío de cualquier información faltante correspondiente a esas fechas el día 25 de septiembre.

Lo anteriormente establecido en la presente resolución se da con...

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