Circular 3/2018 dirigida a las Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa, relativa a las Modificaciones a la Circular 16/2012.

Fecha de disposición26 Enero 2018
Fecha de publicación26 Enero 2018
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. CIRCULAR 3/2018

A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y CASAS DE BOLSA:
ASUNTO:
MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 16/2012

El Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero- en atención a las modificaciones que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio número 305.-156/2017 dado a conocer por este Banco Central mediante la Circular 26/2017 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2018, ha resuelto llevar a cabo sobre el procedimiento al que deberán sujetarse las instituciones de crédito y casas de bolsa que actúen como formadores de mercado respecto de los valores gubernamentales a que se refiere el oficio número 305.-027/2011 de dicha Secretaría- considera conveniente realizar adecuaciones a las reglas de las subastas para la colocación de cupones segregados de bonos de desarrollo del gobierno federal denominados en unidades de inversión.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, fracción III, 7, fracción I, y 10 de la Ley del Banco de México, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 12, párrafo primero, en relación con el 19 Bis, fracción V, y el 17, fracción I, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Operaciones de Banca Central y de la Dirección de Disposiciones de Banca Central, respectivamente, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar el artículo 3 y los anexos 2 y 3, así como adicionar la definición de "Formadores de Mercado de UDIBONOS" al artículo 1, de las "Reglas de las subastas para la colocación de cupones segregados de Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal denominados en unidades de inversión", contenidas en la Circular 16/2012, para quedar en los términos siguientes:

REGLAS DE LAS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR