Circular 8/2016 dirigida a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, relativa a la Modificación a la Circular 22/2010 (Devoluciones y Comisión por Prepago)

Fecha de disposición11 Abril 2016
Fecha de publicación11 Abril 2016
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. CIRCULAR 8/2016

A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS:

ASUNTO: MODIFICACIÓN A LA CIRCULAR 22/2010 (DEVOLUCIONES Y COMISIÓN POR PREPAGO)

El Banco de México, con el propósito de continuar propiciando el sano desarrollo del sistema financiero y la protección de los intereses del público, mediante el fomento a la competencia, la transparencia y la movilidad de los usuarios de servicios financieros, en atención a las prácticas observadas en la determinación y cobro de comisiones por terminaciones anticipadas de operaciones activas, pasivas y de servicios, así como para el pago anticipado de créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a la vivienda, ha resuelto regular dichas comisiones de manera específica, con el fin de atender las circunstancias que dan lugar a su cobro.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 y 26, de la Ley del Banco de México, 4, 4 Bis y 22, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, 14 Bis 1, párrafo primero, en relación con el 25 Bis 1, fracción IV, y 25 Bis 3, fracción II, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General Jurídica y de la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, respectivamente, así como Segundo, fracciones I y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto adicionar un segundo y un tercer párrafos al numeral 4, así como un numeral 8, a las "Disposiciones de carácter general que establecen prohibiciones y límites al cobro de comisiones", contenidas en la Circular 22/2010, para quedar en los términos siguientes:

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN PROHIBICIONES Y LÍMITES AL COBRO DE COMISIONES

4. LIMITACIONES Y PROHIBICIONES AL COBRO DE COMISIONES EN OPERACIONES DE CRÉDITO

"...

Además de lo dispuesto en los incisos anteriores, las Entidades Financieras que ofrezcan Créditos con garantía hipotecaria para la adquisición, construcción o remodelación de inmuebles destinados a la vivienda, así como para el refinanciamiento de dichos Créditos, en los que...

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