Circular por la que se comunica a las dependencias de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Malnor Sistemas, S.A. de C.V.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito.- Expediente SNP-002/2020. CIRCULAR No. OIC/SR/002/2021

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA MALNOR SISTEMAS, S.A. DE C.V.

OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA

GENERAL DE LA REPUBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS

ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

P R E S E N T E S

Con fundamento en los Artículos 14, 16, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 18, 26, 37, fracciones XII, XXI y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 14, 62 fracciones I y II de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 59 al 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 2, 3, 8, 9, 19, 73 y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 109 a 115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 6 fracción III letra B, y 38, fracción III, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública en vigor; esta representación administrativa hace de su conocimiento que esta autoridad emitió Resolución de diecinueve de enero de dos mil veintiuno, dictada en el expediente administrativo de sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas SNP-002/2020, a través de la cual se impuso a la persona moral Malnor Sistemas, S.A. de C.V., una sanción administrativa consistente en una inhabilitación por 5 (cinco) meses y la sanción económica por la cantidad de $63,367.50 (Sesenta y tres mil, trescientos sesenta y siete pesos 50/100 M.N.), término que se computará a partir del día subsecuente a aquél en que se publique la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no podrán por si misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, ni con Entidades Federativas, los...

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