Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, la suspensión provisional de la sanción impuesta en el expediente SANC. 0025/2014, suspensión concedida a la empresa Tecnologías Universales de México, S.A. de C.V., por resolución de queja 7/2015 emitida por el Tribunal Colegiado del Décimo Circuito con sede en Coatzacoalcos, Veracruz

EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Pemex Petroquímica.- Área de Responsabilidades.- Unidad Jurídica.- Amparo 1392/2014-III.- Expediente SANC 0025/2014. CIRCULAR No. 18/578.1/1245/2015

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA SANCIÓN IMPUESTA EN EL EXPEDIENTE SANC. 0025/2014, SUSPENSIÓN CONCEDIDA A LA EMPRESA "TECNOLOGÍAS UNIVERSALES DE MÉXICO, S.A. DE C.V.", POR RESOLUCIÓN DE QUEJA 7/2015 EMITIDA POR EL TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO CON SEDE EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.

Oficiales mayores y equivalentes de las

dependencias y entidades de la

Administración Pública Federal,

Procuraduría General de la República

y gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Por resolución de fecha 18 de diciembre de 2014, dictada por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Pemex Petroquímica dentro del expediente SANC-025/2014, se impuso a la empresa Tecnologías Universales de México, S.A. de C.V., la sanción administrativa consistente en inhabilitación por tres meses, contados a partir del día siguiente en que esta autoridad lo hiciera del conocimiento de las dependencias y entidades mediante la publicación de la correspondiente Circular en el Diario Oficial de la Federación, para presentar propuestas y celebrar contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal ni con entidades federativas, la cual a la fecha se encuentra pendiente de publicar.

Inconforme con dicha resolución, el representante de la citada empresa interpuso amparo Indirecto, de la cual conoció el Juzgado Noveno de Distrito con sede en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, quien en cumplimiento al recurso de queja 7/2015 comunicó a este Órgano Interno de Control para su cumplimiento lo resuelto por el Tribunal...

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