Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, el acuerdo dictado por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, en el procedimiento administrativo de sanción a proveedores número DS-003/ 2013, así como la sentencia dictada por la Décima Sala Regional Metropolitana del entonces Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de nulidad número 8286/15-17-10-8, promovido por la empresa Químicos Universal Villavicencio, S.A. de C.V.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud.- Área de Responsabilidades.- Expediente: DS-003/2013.- Oficio número 12/1.0.3.4/2098/2016.

Asunto: El que se indica.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EL ACUERDO DE CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, DICTADO POR EL TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A PROVEEDORES NÚMERO DS-003/2013, ASÍ COMO LA SENTENCIA DE DOCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, DICTADA POR LA DÉCIMA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL ENTONCES TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, EN EL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 8286/15-17-10-8, PROMOVIDO POR LA EMPRESA QUÍMICOS UNIVERSAL VILLAVICENCIO, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presente.

Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 1, 59, 60, fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 3, apartado D, 76 segundo párrafo, 80, fracción I, punto 6, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2, 49 y 51 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento, que por acuerdo de 14 de noviembre de 2016, determinó en lo conducente, lo siguiente:

(...)

SEGUNDO.- En estricto cumplimiento a la sentencia de doce de mayo de dos mil dieciséis, dictada por la Décima Sala Regional Metropolitana del entonces Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de nulidad número 8286/15-17-10-8, se deja sin efectos la resolución de veintidós de enero de dos mil quince, emitida en el procedimiento administrativo de sanción a proveedores número DS-003/2013, únicamente por lo que hace a la empresa QUÍMICOS UNIVERSAL VILLAVICENCIO, S.A. DE C.V., a la que se impuso la sanción administrativa consistente en inhabilitación temporal para participar de manera directa o por interpósita...

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