Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que se dejó insubsistente la inhabilitación impuesta a la empresa Telecomunicación Sistematizada, S.A. de C.V.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Organismo Descentralizado Luz y Fuerza del Centro en Liquidación.- Area de Responsabilidades. CIRCULAR No. TAR/LYFC/334/2012

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE SE DEJO INSUBSISTENTE LA INHABILITACION IMPUESTA A LA EMPRESA TELECOMUNICACION SISTEMATIZADA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores y equivalentes

de las dependencias y entidades

de la Administración Pública Federal,

Procuraduría General de la República y

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Mediante sentencia de fecha primero de marzo de dos mil doce, la Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa resolvió el Juicio Contencioso Administrativo número 3988/11-17-08-9, promovido por el C. José Roberto Gómez Minutti, con el carácter de representante legal de Telecomunicación Sistematizada, S.A. de C.V., en contra de la resolución de fecha 18 de noviembre de 2010, dictada en el expediente PS-0028/2009, por el entonces Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Luz y Fuerza del Centro en proceso de liquidación, por la que se multó e inhabilitó a dicha sociedad mercantil; sanciones difundidas a través de la Circular No. TARTAQ/LFCL/800/2010, publicada en el Diario Oficial de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR