Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Internet Móvil, S. de R.L. de C.V.

Fecha de disposición09 Mayo 2019
Fecha de publicación09 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Control de Energía.- Área de Responsabilidades.- Expediente: SANC-01/2019. CIRCULAR No. 01/2019

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA INTERNET MOVIL, S. DE R.L. DE C.V.

Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, 37 fracciones XII, XVIII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 34 de su Reglamento, en correlación con el numeral 18 de la "Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal", publicada en el Diario Oficial de la Federación el quince de agosto de dos mil dieciocho; 3 apartado C, 95 último párrafo y 99 fracción I, numeral 12, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 1, primer párrafo, 2, 8 y 9, párrafo primero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 60, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 111 de su Reglamento; y en cumplimiento a lo ordenado en la Resolución del veinticuatro de abril de dos mil diecinueve, que se dictó en el expediente número SANC-01-2019, mediante la cual, se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa INTERNET MOVIL, S. DE R.L. DE C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de SEIS MESES.

En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la empresa INTERNET MOVIL, S. DE R.L. DE C.V., no...

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