Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Anuncios, Impresiones y Soluciones, S.A. de C.V.

Fecha de disposición14 Mayo 2019
Fecha de publicación14 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Exp. No.: PISI-A-NC-DS-0071/2013.- No. de Oficio 00641/30.15/3077/2019. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA ANUNCIOS, IMPRESIONES Y SOLUCIONES, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

entidades, empresas productivas del Estado

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

En cumplimiento a lo ordenado por la Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en su sentencia emitida con fecha 09 de agosto de 2017, que declaró nulidad para efectos dentro del Juicio de Nulidad número 3429/16-12-01-2-OT promovido por la empresa ANUNCIOS, IMPRESIONES Y SOLUCIONES, S.A. DE C.V., en contra de la resolución administrativa contenida en el oficio número 00641/30.1/316/2016 de fecha 26 de agosto de 2016, emitida por el Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, dentro del expediente RR-21/2016 en la cual se desechó por extemporáneo el recurso de revisión promovido en contra de la resolución número 00641/30.15/3033/2016 del 24 de mayo de 2016, dictada por el Titular del Área de Responsabilidades de ese Órgano Fiscalizador, dentro del expediente PISI-A-NC-DS-0071/2013, en la que le impuso a la citada empresa entre otra, la sanción administrativa consistente en inhabilitación por el término de 02 (DOS) AÑOS, para que por sí misma o a través de interpósita persona, no pudiera presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con las entidades federativas cuando utilicen recurso federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal, sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, esta Autoridad dictó la resolución número 00641/30.15/3069/2019 de fecha 29 de abril de 2019.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1...

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