Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Marlex Health Care, S. de R.L. de C.V.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Exp. No.: PISI-A-JAL-NC-DS-0019/2016. CIRCULAR No. 00641/30.15/5767/2019
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA MARLEX HEALTH CARE, S. DE R.L. DE C.V.
Dependencias, entidades, empresas
productivas del Estado y equivalentes
de las entidades de la Administración
Pública Federal y de los gobiernos
de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 59, 60 fracción III primer supuesto, 61 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 114 fracción II y 115 de su Reglamento; 1, 2, 3, 13, 35, 36, 37, 38, 56, 70, fracciones II y VI, y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26 y 37 fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 2 fracciones II y III, 3 inciso C), 99 fracción I numeral 12, y 101 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y 83 párrafos Primero, Segundo, Tercero y Sexto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos Tercero y Quinto de la Resolución número 00641/30.15/5763/2019 de fecha 26 de julio de 2019, que se dictó en el expediente número PISI-A-JAL-NC-DS-0019/2016, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa MARLEX HEALTH CARE, S. DE R.L. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de...
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