Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Arenales Textil, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 09 Octubre 2019 |
Fecha de publicación | 09 Octubre 2019 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente: SAN/093/2018. CIRCULAR No. 25/2019
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA ARENALES TEXTIL, S.A. DE C.V.
Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción VI, 59, primer párrafo, y 60, fracción III, así como los párrafos primero, segundo y tercero de este último artículo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 111 de su Reglamento; 1, primer párrafo, 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, apartado A, fracciones II y XXVI, y 83, fracción III, numeral 2, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo TERCERO de la resolución de diecinueve de septiembre de dos mil diecinueve, que se dictó en el expediente número SAN/093/2018, mediante la cual, se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa ARENALES TEXTIL, S.A. DE C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de 3 (tres) meses.
En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la empresa ARENALES TEXTIL, S.A. DE C.V., no quedarán comprendidos en...
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