Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el Centro para el Desarrollo Integral y la Competitividad del Turismo en Áreas Rurales, S.C.

Fecha de disposición23 Enero 2020
Fecha de publicación23 Enero 2020
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente No. SAN/071/2017. CIRCULAR No. 004/2020

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL CENTRO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y LA COMPETITIVIDAD DEL TURISMO EN ÁREAS RURALES, S.C.

Con fundamento en los artículos 14, 16, 21, párrafo cuarto, y 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 18, 26 y 37, fracción XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, apartado A, fracciones II y XXVI, 83, fracciones III, numeral 2, y XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 1, primer párrafo, 2, 3, 8, 9, párrafo primero, 13, 14, 35, 36, 38, 56 y 70, fracciones II y VI, 72, 74, 76 y 79, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, fracción VI, 26, fracción I, 59 y 60, fracción IV, párrafos segundo y tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como 111 de su Reglamento, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo QUINTO de la Resolución de nueve de enero de dos mil veinte, que se dictó en el expediente número SAN/071/2017, mediante la cual, se resolvió el procedimiento administrativo incoado al CENTRO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y LA COMPETITIVIDAD DEL TURISMO EN ÁREAS RURALES, S.C., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de 15 (quince) días.

En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el CENTRO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y LA COMPETITIVIDAD DEL TURISMO EN ÁREAS RURALES, S.C., no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular, en términos del artículo 112, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones...

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