Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa CODESCO, S.A. de C.V.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.- Área de Responsabilidades.- Expediente: S.P- 003/2019. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA CODESCO, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Fiscalía General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal, Empresas

Productivas del Estado, Gobiernos de las

Entidades Federativas y Alcaldías de la

Ciudad de México

Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, décimo cuarto párrafo y 37, fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 11, 59, 60, fracción IV y segundo párrafo, 61 y 63 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 111 de su Reglamento; 6, fracción III, apartado B, numeral 3 y 38, fracción III, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril del ciclo que corre; y 3 fracción VI y 21 del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 5 último párrafo y 39 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; esta representación administrativa hace de su conocimiento que esta autoridad emitió resolución del treinta de noviembre de dos mil veinte, dictada en el expediente administrativo de sanción S.P. 003/2019, a través de la cual se impuso a la persona moral CODESCO S.A. de C.V., una sanción administrativa consistente en una inhabilitación por 15 (quince) meses, término que se computará a partir del día subsecuente a aquél en que se publique la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no podrá por si misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la...

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