Circular por la que se comunica a las dependencias, Fiscalía General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Desarrollos Gerenciales Integrados, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 17 Abril 2019 |
Fecha de publicación | 17 Abril 2019 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.-Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria.- Área de Responsabilidades.- Expediente DS-0003/2018. CIRCULAR No. 101-03-2019-3363
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA, DESARROLLOS GERENCIALES INTEGRADOS, S.A. DE C.V.
Oficiales Mayores de las dependencias
Fiscalía General de la República,
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 78, segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución Administrativa de veintinueve de marzo de dos mil diecinueve, dictada dentro del Expediente Administrativo número DS-0003/2018, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa DESARROLLOS GERENCIALES INTEGRADOS, S.A. DE C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse, en términos de lo dispuesto en la fracción IV del artículo 51 de la Ley de Obras antes citada de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por encontrarse inhabilitada por el plazo 3 meses.
En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular, en términos del...
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